2019 "AÑO DE LA EXPORTACIÓN"
Posadas, 22 de Octubre de 2019.
VISTO: El EXP-S01:0002545/2019, Solicitud de Incorporación como Suplemento al Título Universitario de las actividades relacionadas con las funciones académicas, de investigación, extensión universitaria, transferencia tecnológica y acción social de las carreras de pregrado y grado de la Universidad Nacional de Misiones, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la resolución del entonces Ministerio de Educación y Deportes N° 2405/2017, por medio de la cual se propone a las instituciones universitarias pertenecientes al Sistema Universitario Nacional, que en el marco de su autonomía, puedan incorporar información que sirva de suplemento al título universitario de las carreras de pregrado y grado, la que deberán ser incorporada en el certificado analítico del graduado.
QUE, el Suplemento al Título, es el documento que acompaña al título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos y las capacidades profesionales.
QUE, el suplemento al título podrá contener información adicional que dé cuenta de la trayectoria del graduado, proporcionando datos que permitan una mejor descripción de la naturaleza, contenido y de los procesos de formación, realizados por el mismo.
QUE, en el Artículo 2° de la Resolución N° 2405/2017 del entonces Ministerio de Educación y Deportes, se determina que en el certificado analítico se contendrá, como suplemento al título universitario, toda aquella información que esté referida al desarrollo de actividades relacionadas con las funciones: académica, investigación, extensión universitaria o transferencia tecnológica.
QUE, dada estas características es necesario incluir como suplemento al título a las prácticas de docencia, extensión, investigación y acción social de la Universidad Nacional de Misiones.
QUE, es necesario la elevación al Consejo Superior de esta universidad, para su aprobación y posterior comunicación a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.
QUE, la Comisión de Enseñanza, mediante Despacho N° 055/19 sugiere “lncorporar Suplemento al Título Universitario de las Actividades relacionadas con las funciones académicas, de investigación, extensión universitaria, transferencia tecnológica y acción social de carreras de pregrado y grado de la Universidad Nacional de Misiones”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 6° Sesión Ordinaria/19 del Consejo Superior, realizada el día 18 de Septiembre de 2019.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1°: ESTABLECER que las actividades relacionadas con las funciones académicas, de investigación, extensión universitaria, transferencia tecnológica y acción social, sean incorporadas como Suplemento al Título Universitario de las carreras de pregrado y grado de la Universidad Nacional de Misiones, la que deberán ser incorporada en el Certificado Analítico del graduado, previa aprobación del Consejo Superior de dichas actividades.-
ARTICULO 2°: DETERMINAR que una vez aprobados por el Consejo Superior, los proyectos de las actividades enunciadas en el Articulo 1 , se remitirán a la Secretaria General Académica para su elevación a la Dirección de Gestión Universitaria.-
ARTICULO 3°: ESTABLECER que para la confección del Certificado Analítico continente del Suplemento al Título Universitario, se deberán cumplir con todos los recaudos legales y reglamentarios exigidos para la expedición de los certificados analíticos universitarios, establecido en el Anexo (IF-2017-06907170-APN-DNGU#ME) de la Resolución N° 2405/2017 del entonces Ministerio de Educación y Deportes.-
ARTICULO 4°: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA N° 062/19
Dra. María Sandra LIBUTTI MSc. Alicia V. BOHREN
Secretaria Consejo Superior Presidente Consejo Superior