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2016

2016 (4)

Ordenanzas del Consejo Superior año 2016.

Martes, 23 Agosto 2016 14:36

ORDENANZA 052/16

  POSADAS, 27 de Junio de 2016

VISTO: El Expediente “S01:001830/2016- Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos - propuesta de modificación de los Arts. 10 y 12 de la Ordenanza Nº 055/13”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, la Ordenanza 055/13, establece que los Convenios aprobados por el Consejo Superior se remitirán a la Secretaría General de Extensión Universitaria para su registro.

QUE, a los fines de contar con un sistema de Registro de los Convenios Marco y Específicos suscriptos por el Rectorado, tanto en soporte papel como en formato digital, la Dirección General de Asuntos Jurídicos propone que el sistema se encuentre a su cargo, para lo cual resultaría necesario efectuar la modificación de los Artículos 10 y 12 de la Ordenanza 055/13.

QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 020/16, obrante a fs. 7, sugiriendo “aprobar la propuesta de modificación de los Art. 10 y 12 de la Ord. Nº 55/13.”

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.

 Por ello:

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
ORDENA:

 

ARTÍCULO 1° - MODIFICAR los Artículos 10 y 12, de la Ordenanza Nº 055/13 de fecha 8 de Octubre de 2013, que como Anexo forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2° - REGISTRAR, Comunicar y cumplido, ARCHIVAR.

ORDENANZA N° 052/16

 

Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente                     
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones

 

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Jueves, 18 Agosto 2016 10:43

ORDENANZA 053/16

Posadas, 27 de Junio de 2016

VISTO: El Expte. S01:0001831/2016. Secretaría Gral. de Extensión Universitaria. Eleva Reglamento para Convenio Específico de Doble Titulación, y

CONSIDERANDO:

QUE, los cambios y los constantes avances, han conducido a las Instituciones Universitarias a incrementar los vínculos de cooperación, tanto a nivel nacional como internacional, efectuando intercambios no solo de datos, información y conocimientos, sino también de alumnos, docentes, y personal administrativo idóneo, fomentando la creación de programas universitarios de formación compartida.

QUE, siguiendo esta línea, y a fin de fortalecer la presencia internacional de la Institución, como así también fomentar la formación equivalente de profesionales de esta Universidad con la de otras universidades de reconocimiento internacional.

QUE, de conformidad con el principio general enunciado por el Artículo 6 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, el sistema de Educación Superior contará con una estructura abierta y flexible.

QUE, en el ejercicio de la autonomía otorgada por el apartado 19 del Artículo 75 de la Constitución Nacional y por el Artículo 29 de la mencionada Ley de Educación Superior, en sus inc. m) y n), fija que las instituciones universitarias poseen la atribución de desarrollar y participar en emprendimientos y la de establecer relaciones de carácter educativo, científico-cultural con instituciones del país y del extranjero.

QUE, para ello resulta necesario contar con un Reglamento que establezca las pautas, procedimientos, condiciones y requisitos que deberán seguirse para la suscripción de los respectivos convenios.

QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 021/16, obrante a fs. 27, sugiriendo “aprobar el Reglamento propuesto con las modificaciones sugeridas en el Art. 7º”

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
ORDENA:

 

ARTÍCULO 1º: APROBAR el “Reglamento para Convenios Específicos de Doble Titulación”, que en Anexo I se adjunta.

ARTÍCULO 2º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-

ORDENANZA N° 053/16

Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente                     
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones

 

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Miércoles, 03 Agosto 2016 13:23

ORDENANZA 054/16

POSADAS, 07 de Julio de 2016

 

                                                                                            

VISTO: Expte. “Q” – 1687/06. Facultad de Cs. Exactas, Químicas y Naturales. Reglamentación de Juicios Académicos, y 

CONSIDERANDO:

QUE, el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo establece en el Capítulo IV los derechos, deberes, prohibiciones e incompatibilidades en el ejercicio de la docencia universitaria.

QUE, asimismo en el mencionado Capítulo, el Artículo 32 establece normas básicas respecto al Régimen Disciplinario aplicable ante el incumplimiento de las obligaciones, deberes, prohibiciones y responsabilidades académicas y administrativas previstas en el CCT.

QUE, el mencionado artículo establece que el procedimiento aplicable será de conformidad a lo que cada Institución Universitaria Nacional establezca, garantizándose el debido proceso.

QUE, el tema fue tratado y consensuado en Paritarias Docentes de nivel Particular el día 1º de Junio de 2016.

QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 017/16, sugiriendo “su aprobación atento a que era necesaria su actualización y a que fuera aprobado en paritarias docentes. Encomendar al Sec. del CS dar cumplimiento inmediato al Art. 7 del Reg. que fuera aprobado.

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.

 Por ello:

 

El CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reglamentación del Régimen Disciplinario para los Docentes de la Universidad Nacional de Misiones, que como ANEXO I y II forma parte de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 2º: - DEROGAR la Ordenanza Nº 042/85.-

ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-

 

ORDENANZA Nº 054/16

Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente                     
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones

 

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Martes, 12 Abril 2016 00:00

ORDENANZA 001/16

POSADAS, 17 de Marzo de 2016

 

VISTO: El “Expte. S01:0003439/15. Otorgar evaluación positiva año 2015- Docentes Regulares en el marco de la propuesta de modificación del período de evaluación”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, el Convenio Colectivo de Trabajo Docente de las Universidades Nacionales, en el Capítulo III, Artículo 12º, establece: “La permanencia en el cargo que el docente ordinario o regular hubiere alcanzado estará sujeta al mecanismo de evaluación periódica individual que se establezca en las Instituciones Universitarias Nacionales. Dichas evaluaciones individuales se realizarán cada cuatro años o en un tiempo mayor según lo establecido en la reglamentación de cada Institución Universitaria Nacional”.

QUE, se hace necesario adecuar la normativa vigente de la UNaM, Ordenanzas Nºs 034/03 y 001/04, pasando las evaluaciones bienales a cuatrienales, a partir del año 2016, ajustándose al Convenio Colectivo.

QUE, hasta tanto se efectúe dicha adecuación en la reglamentación correspondiente se acordó en reunión paritaria que los docentes deberán presentar a partir del año 2016 una nueva Planificación por el período 2016 – 2019.

QUE, de esta manera, todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones se encuadrarán a partir del año 2016, en lo establecido en el Capítulo III, Artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo, con relación a su planificación laboral docente cuatrienal.

QUE, en la reunión paritaria realizada el día 03 de diciembre de 2015, se acordó otorgarles evaluación positiva por el año 2015, a todos los docentes que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015-2016.

QUE, en la Ordenanza 135/15 de fecha 17 de Diciembre de 2015, no queda claro lo establecido en su Artículo 2º, razón por la cual se presenta una modificatoria.

QUE, la Comisión de Desarrollo del Alto Cuerpo se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 008/16, sugiriendo “Derogar la Ordenanza 135/15 del 17-12-15, y ESTABLECER que todos los Doc. presentarán en el año 2016 una nueva Planificación por el período 2016/2019. Asimismo, OTORGAR evaluación positiva por el año 2015 a todos los Doc. que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015/2016”.

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 1ª Sesión Ordinaria del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 16 de Marzo de 2016.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:

ARTÍCULO 1º.- DEROGAR la Ordenanza 135/15, de fecha 17 de Diciembre de 2015.-

ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que todos los Docentes de la Universidad Nacional de Misiones presentarán en el año 2016 una nueva Planificación por el período 2016/2019.-

ARTÍCULO 3º.- OTORGAR evaluación positiva por el año 2015, a todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones, que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015/2016.-

ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-


ORDENANZA Nº 001/16

 

Fdo. Dr. Ambrosio César LAFUENTE
Docente Regular
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Mgter. Javier GORTARI
Presidente Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones

 

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