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Jueves, 07 Marzo 2024 14:57

RESOLUCION CS Nº 089/2022

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POSADAS, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022.

VISTO: El Expediente S01 :0000331/2022. Secretaría Académica de la Escuela Agrotécnica Eldorado. Solicitud Incorporación de la categoría Ayudante de Clases Prácticas, y;

CONSIDERANDO:

QUE, la Directora de la Escuela Agrotécnica Eldorado, solicita la modificación del Artículo 5 del Reglamento vigente de Carrera Docente de la Escuela aprobado por Resolución es Nº 076/2011 y su modificatoria Resolución es Nº 042/2015.

QUE, se trata de incorporar dentro de las categorías docentes previstas en la norma actual, la figura de Ayudante de clases prácticas

QUE, a fs 3 la Secretaría General Académica informa que la modificatoria implica rectificar el Artículo 5 del Reglamento y modificar con agregados el Artículo 8 que establece las funciones de la categoría a incorporar y el Artículo 1 O, donde se establecen los requisitos de ingreso.

QUE, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la UNaM, en su Dictamen Nº 259/2022 manifiesta que la modificación propuesta se ajusta a lo etablecido por el Convenio Colectivo de Trabajo en el Anexo "Docentes Preuniversitarios" en el Artículo 2 incisos a y b.

QUE, se reunieron en forma conjunta la Comisión de Enseñanza y la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior y mediante el Despacho Nº 001/2022, se expidieron al respecto sugiriendo: "Incorporar la categoría Ayudante de Clases Prácticas al Reglamento de Evaluación y Seguimiento de la Labor Académica y Permanencia del Persoanl Docente de la Escuela Agrotécnica E/dorado Res. CS 076/11 y su modificatoria Res. es 42115, en los términos del Dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 259/2022".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 7 de Septiembre de 2022.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-MODIFICAR el Artículo 5° de la Resolución CS Nº 076/11, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 5: Se considerarán docentes titulares regulares las siguientes categorías: Profesor, Preceptor, Jefe de Preceptores y Ayudante de Clases Prácticas".

ARTICULO 2º.-MODIFICAR la Resolución CS Nº 076/11 e incorporar los Artículos 8° Bis y 10 Bis, que quedarán redactados de la siguiente forma: "ARTICULO 8° BIS: Son funciones del Ayudante de Clases prácticas las siguientes:

1.-Asistir y colaborar con el profesor responsable en el desarrollo de la asignatura y los trabajos prácticos según lo previsto en el programa y los requerimientos del plan de estudios.

2.-Asistir y supervisar a los estudiantes en las prácticas de campo y toda practica individuales y/o grupales.

3.-Acompañar la realización de actividades extracurriculares vinculantes con las diferentes acciones sustantivas.

4.-Preparar materiales didácticos acordes al desarrollo y especificidad de la asignatura.

5.-Participar en el proceso de evaluación de los trabajos prácticos y colaborar en toda actividad vinculante indicada por el responsable del dictado de la cátedra que estuviera prevista en el programa de las asignaturas como parte de la modalidad 9e evaluación.

6.-colaborar con el mantenimiento y/o restauración de los materiales utilizados.

7.-Integrar proyectos de investigación /extensión entre otros de carácter institucional.

8.-Integrar toda vez que corresponda comisiones especiales o tareas que en este marco por su perfil y alcance sean indicadas siguiendo mecanismos institucionales pertinentes

ARTICULO 10 BIS: Serán requisitos de ingreso para el AYUDANTE DE CLASES PRACTICAS los siguientes:

1.-Poseer titulo habilitante de nivel superior, universitario o no universitario. La pertinencia del mismo será establecida al momento de estructurarse el perfil del llamado de acuerdo al área o asignatura.

2.-Acreditar perfeccionamiento docente vinculante en los últimos 3 años.

3.-La ausencia de los antecedentes mencionados en el punto dos no impedirá la presentación de posibles candidatos/as para la cobertura del cargo."

ARTICULO 3°.-REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-

RESOLUCIÓN CS Nº 089-22

                                    Dra Maria Sandra LIBUTTI                                  MSc Ing Alicia V BOHREN

                                   Secretaria Consejo Superior                              Presidenta Consejo Superior

                               Universidad Nacional de Misiones                       Universidad Nacional de Misiones

 

 

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