2018 (6)
Resoluciones del Consejo Superior de la UNaM, año 2018.
RESOLUCIÓN CS Nº 059/18
POSADAS, 16 de Agosto de 2019.
VISTO: El “Expediente CUDAP:EXP-S01:0002390/2018 - Solicitud de reunión del Consejo Superior por parte de representantes de los Claustros Docente, No Docente y Estudiantiles para tratar Crisis presupuestaria de la Educación Pública Superior”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, con la presencia de los representantes de Centros Estudiantes, representantes Gremiales y Consejeros Directivos de las Unidades Académicas, reunidos para analizar el tema, se pone de manifiesto la profunda preocupación por la situación financiera que atraviesan las UUNN.
QUE, en el año del Centenario de la Reforma Universitaria ratificamos a la Educación Superior como un bien social, un derecho humano, gratuita, de calidad y pertinencia, garantizada por el Estado.
QUE, los atrasos en las transferencias de fondos destinados a gastos de funcionamiento 2018, y que los mismos se proyectaron sobre una hipótesis de un 10 % de inflación, que a la fecha ya ha sido superada, y pone en riesgo el cumplimiento de las políticas de inclusión como Becas, Albergues, el programa de Expansión Territorial y otras prioridades institucionales de relevancia para el sostenimiento de los estudiantes en las Unidades Académicas.
QUE, en las paritarias docentes y no docentes las propuestas de aumento salarial no han superado 15 %, en un contexto de proyección inflacionaria del 30%.
QUE, dado la proximidad del tratamiento del presupuesto universitario 2019, es necesario socializar y sensibilizar a la comunidad de Misiones y a los Legisladores Provinciales de esta situación.
QUE, en este mismo sentido se han manifestado los representantes de las distintas universidades en relación a la transferencia de fondos para gastos de funcionamiento y para obras de infraestructura en la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo Interuniversitario Nacional plasmados en el acuerdo plenario 1058/18.
QUE, los Consejeros Superiores entienden necesario pronunciase sobre la situación Presupuestaria y Financiera de la Universidad.
QUE, la Comisión de Desarrollo del Consejo Superior, en su Despacho Nº 022/18, sugiere aprobar el “Proyecto de Declaración propuesto”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 4º Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día 15 de Agosto de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR en estado de alerta a la comunidad universitaria de la U.Na.M. por el retraso en las trasferencias de los fondos de gastos de funcionamiento 2018, que pone en riesgo el cumplimiento de las políticas de inclusión como Becas, Albergues, el programa de Expansión Territorial; por los recortes presupuestarios destinados a infraestructura; por la ausencia de una propuesta salarial a los trabajadores Docentes y No Docentes acorde al contexto actual de inflación y aumento de tarifas, y por la inminente discusión del presupuesto 2019 cuya proyección agrava la situación actual.
ARTICULO 2º.- ENCOMENDAR a la Rectora de la Universidad que realice las gestiones ante los Legisladores Nacionales de la Provincia de Misiones a efectos de poner en conocimiento dada la inminente discusión del presupuesto 2019 en las Cámaras correspondientes.
ARTICULO 3º.- REGÍSTRESE, dese a conocer y ARCHÍVESE.
RESOLUCIÓN CS Nº 59-18
haa
Dra. María Sandra LIBUTTI MSc. Ing. Mlicia V. BOHREN
Secretaria Consejos Superior Presidente del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
RESOLUCIÓN CS Nº 073/18
"2018-Año del Centenario de la Reforma Universitaria".
POSADAS, 05 de Septiembre de 2018.
VISTO: El “Expediente FHYCS_EXP-S01:0000783/2018. Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales. Honorable Consejo Directivo. Eleva Plan Estratégico 2018-2030 del Instituto de Estudios Sociales y Humanos (IESyH/CONICET/UNaM).”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, dicha propuesta cuenta con la aprobación del Consejo de Investigación y Posgrado de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, y de la Comisión de Investigación y Posgrado del Honorable Consejo Directivo de la referida Unidad Académica.
QUE, el Consejo Directivo de la Facultad resolvió aprobar, mediante Resolución HCD Nº 249 de fecha 31 de julio de 2018, el Plan Estratégico 2018-2030 del Instituto de Estudios Sociales y Humanos (IESyH) que figura como Anexo del mencionado instrumento legal.
QUE, la Comisión de Ciencia y Tecnología del Consejo Superior, en su Despacho Nº 007/18, sugiere “aprobar las presentes actuaciones por unanimidad”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 4ª Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día 15 de Agosto de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- APROBAR el Plan Estratégico 2018-2030 del Instituto de Estudios Sociales y Humanos (IESyH) CONICET - UNaM que, como Anexo forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2º.- REGÍSTRESE, dese a conocer y ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN CS Nº 073/18
Haa
Dra. María Sandra LIBUTTI Secretaria Consejo Superior
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN Presidente Consejo Superior
INSTITUTO DE ESTUDIOS SOCIALES Y HUMANOS
IESYH-CONICET-UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
PLAN ESTRATÉGICO 2018-2030
1. DIAGNÓSTICO
a) Situación institucional
El Instituto de Estudios Sociales y Humanos (IESyH) es una unidad científica-tecnológica dependiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y de la Universidad Nacional de Misiones. Funciona en un inmueble alquilado ubicado en calle Colón Nº 2432, segundo piso, de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones . Fue creado por iniciativa de un grupo de investigadores de ambas instituciones, con el apoyo y el estímulo de la doctora Dora Barrancos, miembro del Directorio del CONICET.
La iniciativa surge en un momento muy propicio, ya que se estaba negociando la renovación del convenio suscripto en el año 2010 entre la UNaM y el CONICET, que había posibilitado la creación del Instituto de Materiales de Misiones y el Instituto de Biología Subtropical. En el marco del nuevo convenio , se crea el IESyH , se aprueba el reglamento de concurso público nacional e internacional para la designación del director , se autoriza el llamado respectivo y se designa al primer director , iniciándose efectivamente las actividades el 1º de Enero de 2015.
Luego se aprueba el reglamento de funcionamiento del instituto , se integra el primer consejo directivo y se designa a la primera vicedirectora , completándose así el proceso de institucionalización formal.
Según el reglamento de funcionamiento, son autoridades del IESyH el director, la vicedirectora y el consejo directivo. El director regular es el doctor Juan Omar Agüero, docente-investigador categoría 1 de la UNaM . La vicedirectora es la doctora Brígida Renoldi, investigadora adjunta del CONICET, quien integra además el consejo directivo junto con los doctores María Cecilia Gallero, investigadora asistente ; Ignacio Telesca, investigador independiente y Walter Fernando Brítes, investigador adjunto . Asimismo integran el consejo los docentes-investigadores de la UNaM doctor Pablo Vain y magíster Susana Moniec , categorías I, y las doctoras Liliana Daviña y Nora Delgado , categorías II, como también Sandra Fabiana Nicosia, de la carrera de personal de apoyo a la investigación .
b) Actividad científica y tecnológica
El IESyH tiene investigadores formados en múltiples disciplinas, que se encuentran en proceso de conformación de grupos de trabajo. Hay investigadores que residen en Posadas, como también en otras ciudades de Misiones y de otras provincias del Nordeste Argentino. Esto constituye sin dudas una gran potencialidad para el desarrollo de proyectos regionales, aunque también es una dificultad en algunos momentos para el logro de consensos generales en tiempos muy limitados.
Sin embargo, se está trabajando con mucha decisión y voluntad para revertir el perfil de investigador predominante, caracterizado por el trabajo individual y concentrado en un campo disciplinar o área temática de interés, con el fin de desarrollar experiencias colectivas de trabajo orientadas a problemáticas relevantes. En este sentido, luego de un fructífero proceso de discusión, se concluyó con la definición de áreas temáticas de interés y líneas prioritarias de investigación, encontrándose en discusión los proyectos que orientarán el trabajo multidisciplinario institucional.
Por otra parte, en lo que respecta a los becarios y personal de apoyo a la investigación, tanto las solicitudes de becas como los servicios técnicos de apoyo se fueron orientando hacia las áreas temáticas de interés y líneas de investigación definidas como prioritarias. Asimismo, el instituto cuenta con un número interesante de publicaciones, tanto en revistas indizadas como en libros y capítulos de libros. Por supuesto que esta producción irá creciendo con el tiempo a medida que se vaya ampliando y consolidando la actividad científica-tecnológica.
c) Gestión institucional
Si bien no se cuenta con edificio propio, la infraestructura física disponible por el momento cubre la demanda de los investigadores y becarios. Sin embargo, aún no se cuenta con el equipamiento necesario como centro de investigación y el presupuesto de funcionamiento es reducido. Además, no se cuenta con una estructura administrativa mínima que acompañe y fortalezca el crecimiento institucional. El director no tiene dedicación exclusiva y sólo destina al instituto una mínima parte de su carga horaria semanal como docente-investigador de la UNaM. Sin embargo, se viene cumpliendo en tiempo y forma con todas las normas y exigencias en materia de presupuesto, administración financiera, recursos humanos, producción de informes, participación en reuniones del CCT Nordeste y tareas de conducción institucional.
d) Recursos humanos
La Resolución Nº 2270 del CONICET, al crear el IESyH, le asignó una planta de recursos humanos de 30 investigadores: 7 de carrera del organismo y 23 docentes-investigadores categorías I y II de la UNaM. Sin embargo, esta asignación de investigadores se modifica sustancialmente en Enero de 2015, cuando se inician las actividades con solamente 1 docente-investigador categoría I de la UNaM que había concursado el cargo de director y 6 investigadores de carrera del CONICET: Otilia Margarita Gabriela Schiavoni (independiente), Víctor Horacio Rau (adjunto) y María Cecilia Gallero, Mónica Fernanda Figurelli, Brígida Renoldi y Walter Fernando Brites (asistentes).
A su vez, esta planta inicial de recursos humanos se va modificando en los años siguientes de manera muy dinámica. Durante el año 2015 se integran al IESyH Sandra Fabiana Nicosia, de la carrera de personal de apoyo a la investigación y las becarias de doctorado María Itatí Rodríguez y María Rosaura Barrios. Durante el año 2016 se desvincula del instituto la doctora Otilia Margarita Gabriela Schiavoni (investigadora independiente) y se incorporan los docentes-investigadores de la UNaM Yolanda Urquiza, Susana Moniec y Pablo Vain (categorías I) y Elena Maidana (categoría II).
También en el año 2016 se integran como grupo vinculado los investigadores de carrera del CONICET del Instituto de Investigaciones Lingüísticas de la Universidad Nacional de Formosa: Alejandra Silvia Vidal (independiente), Ignacio Telesca (independiente), Andrea Sabina Taverna Loza y Verónica Nercesian (asistentes). Asimismo, ingresa Leonardo Aurelio Cerno (investigador adjunto), se incorporan los becarios de doctorado Alexis Pedro Rasftopolo, Yanina Vanesa Tetzlaff, María Celeste Baiocchi, Silvina Marcela Paz, Carlos Roberto Castells y Rodrigo Nicolás Villalba Rojas y cambian de categoría por promoción a investigadores adjuntos los doctores Brígida Renoldi y Walter Fernando Brites.
En el año 2017 se desvinculan del IESyH la doctora Mónica Fernanda Figurelli (investigadora asistente) y la becaria de doctorado Yanina Vanesa Tetzlaff, por cambio de lugar de trabajo. Ingresan María del Rosario Millán (investigadora asistente) y Guido Jorge Luis Diblasi (carrera de personal de apoyo a la investigación). Terminan su beca de doctorado Alexis Pedro Rasftopolo, María Rosaura Barrios y María Itatí Rodríguez, continuando esta última como becaria de posdoctorado junto con Delia Concepción Ramírez. Se incorporan los becarios de doctorado Diego Daniel Alberto Bogarín, Carolina Lelia Schewe, Agustín Villarreal, Carla Verónica Duarte, Verónica Soledad Silva y se integran las docentes-investigadoras de la UNaM Silvana Martínez (categoría I) y Liliana Daviña (categoría II).
En el siguiente Cuadro se expone un resumen de todos estos movimientos de recursos humanos ocurridos entre el 1º de Enero de 2015 y el 31 de Julio de 2017.
Recursos Humanos del IESyH
Categoría | Junio 2014 | Enero 2015 | Altas 2015 | Altas 2016 | Altas 2017 | Bajas o Promoción | Julio 2017 |
Docente-Investigador UNaM |
23 | 1 | 4 | 2 | 7 | ||
Investigador Independiente |
1 | 1 | 2 | 1 | 2 | ||
Investigador Adjunto |
2 | 1 | 3 | 4 | |||
Investigador Asistente |
4 | 4 | 2 | 1 | 4 | ||
Becario del CONICET |
2 | 6 | 6 | 3 | 11 | ||
Personal de Apoyo a la Investigación |
|
|
1 | 1 | 3 | 2 | |
Total | 30 | 7 | 3 | 17 | 10 | 7 | 30 |
e) Articulación
En lo que hace a la articulación con otras instituciones, el Instituto forma parte de la Universidad Nacional de Misiones e integra el CCT Nordeste del CONICET. Además está relacionado con la Universidad Nacional de Formosa a través del plantel del Instituto de Investigaciones Lingüísticas que se encuentra incorporado como Grupo Vinculado. Integra, a su vez, la red de institutos de ciencias sociales del CONICET de todo el país y mantiene contactos con grupos de investigación de varias universidades nacionales y extranjeras. Sin embargo, estas relaciones e intercambios todavía no se han efectivizado en proyectos de cooperación para la investigación aunque existen varias iniciativas al respecto.
f) Cultura organizacional
En producción de conocimientos no ha habido integración efectiva al Instituto del grupo de investigadores de la UNaM que originariamente promovió, junto con los investigadores de CONICET, la creación del mismo, e inclusive tres investigadores de CONICET, fundadores, al día de hoy se han desvinculado. El grupo de investigadores que integra el IESyH tiene un perfil joven y su vinculación con la institución responde al interés por fortalecer el espacio institucional con nuevas líneas de estudio en la región, consolidando y ampliando investigaciones ya existentes.
Si bien no hubo continuidad del grupo de base, el equipo de trabajo actual se encuentra en proceso de configuración y construyendo un proyecto colectivo con los investigadores, becarios y personal de apoyo a la investigación que se van incorporando. En lo que hace a la dirección y liderazgo, en el IESyH hay horizontalidad en las relaciones. Como característica principal hay una importante construcción de paridad entre la dirección y los investigadores, y de éstos entre sí. No existe segregación alguna ni discriminación de ningún tipo entre becarios, investigadores y personal de apoyo a la investigación, ni entre éstos y la dirección. Hay participación en las decisiones, en la comunicación de información y en la construcción de normas y pautas de trabajo.
El feedback o intercambio de información sobre las actividades de los investigadores y becarios con el IESyH es aun ocasional. Falta consolidar espacios propicios para ello. Se están fortaleciendo los mecanismos institucionales de intercambio para conocer el desempeño laboral profesional de los investigadores y becarios, así como su contribución efectiva a los objetivos institucionales. En tal sentido ya hay iniciativas en marcha, como el equipo de trabajo audiovisual, el grupo de reunión metodológica de becarios y el de zona de etnografía marginal.
En lo que hace a ingeniería de gestión y normas internas, no hay burocratización ni rigidez, sino una construcción autónoma que permite ir adoptando en cada caso la forma o el modo de gestión que resulte más conveniente y práctico para el funcionamiento interno. Dada su reciente creación y su corta trayectoria, el IESyH se encuentra en proceso de construcción de una identidad basada en el sentido de pertenencia. Se está construyendo una marca institucional a través del prestigio de sus investigadores y de su participación en distintos eventos científicos, académicos y de interés social.
2. PLAN ESTRATÉGICO
VISIÓN
El futuro deseado para el IESyH es constituirse en un referente en investigación y desarrollo científico-tecnológico, vinculación y transferencia en Ciencias Sociales y Humanas en el Nordeste Argentino y región transfronteriza. En esta línea, se busca generar conocimientos y tecnologías originales desde la región, abordar problemáticas relevantes que apunten al diseño de políticas públicas orientadas a mejorar y transformar las condiciones de vida de las poblaciones socialmente más vulnerables y fortalecer los procesos de ciudadanía, defensa y promoción de los derechos humanos.
VALORES
Los valores que se adoptan como principios orientadores de las relaciones sociales y las prácticas organizacionales del IESyH son el respeto, la creatividad, la originalidad, la diversidad, la equidad, la solidaridad y la honestidad.
MISIÓN
El IESyH tiene como misión realizar y promover actividades de investigación científica-tecnológica-social, vinculación y transferencia de conocimientos y formación de recursos humanos de alta calidad, con el fin de contribuir al desarrollo de las Ciencias Sociales y Humanas, al desarrollo humano y sociocultural, y al mejoramiento y transformación de las condiciones de vida de las poblaciones socialmente más vulnerables del Nordeste Argentino y la región transfronteriza.
TAREAS PRINCIPALES
a) Promover y desarrollar investigaciones científicas y tecnologías en el campo de las ciencias sociales y humanas, en sus distintas disciplinas.
b) Fortalecer los vínculos dentro del sistema científico nacional a partir de la cooperación con otras instituciones.
c) Propiciar la interacción con la sociedad mediante la transferencia de conocimientos y experiencias de sus investigadores.
d) Nuclear y promover la interacción entre los investigadores, becarios y personal de apoyo a la investigación en el campo de las ciencias sociales y humanas.
e) Promover y desarrollar proyectos multidisciplinarios, interdisciplinarios y transdisciplinarios en el campo de las ciencias sociales y humanas.
f) Impulsar la difusión de los resultados de las investigaciones mediante publicaciones, productos audiovisuales y eventos científicos.
g) Promover y desarrollar acciones de vinculación y transferencia tecnológica con organismos gubernamentales y no gubernamentales.
h) Desarrollar la formación de recursos humanos para la investigación científica.
i) Propiciar la participación de los investigadores en programas de intercambio e incentivar la constitución de redes entre grupos de investigación a nivel nacional e internacional.
j) Contribuir en el diseño y evaluación de políticas públicas.
k) Realizar estudios sobre problemáticas relevantes del Nordeste Argentino y regiones transfronterizas.
l) Administrar los recursos asignados por el CONICET y la Universidad Nacional de Misiones.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y LÍNEAS DE ACCIÓN
EJE ESTRATÉGICO Nº 1
Desarrollo de la investigación científica y de tecnologías en ciencias sociales y humanas
Objetivo Estratégico 1.1.
Orientar el desarrollo de la investigación científica y de tecnologías
LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN:
1.1.1. Poblaciones originarias. Procesos de habla. Interculturalidad. Estudios sobre diversidad lingüística regional. Políticas lingüísticas. Alfabetización semiótica. Estudios literarios. Estudios literarios territoriales. Semiótica discursiva. Cultura e identidad. Estudios sobre psicología del desarrollo y adquisición del lenguaje.
1.1.2. Fronteras y territorios. Estudios urbanos. Pobreza. Producción social del hábitat. Desplazamientos y relocalización de poblaciones. Economías urbanas. Economías regionales. Economías transfronterizas. Políticas públicas sobre territorio y población. Turismo y patrimonio; estudios jesuíticos.
1.1.3. Estado e ilegalismos. Estudios sobre burocracia. Administración del Estado. Seguridad pública. Violencia y criminalidad. Procesos de legalidad e ilegalidad. Neo-nomadismo.
1.1.4. Estudios sobre comunicación y cultura visual. Producción audiovisual, arte y cultura mediática. Derecho a la comunicación.
1.1.5. Procesos históricos y políticos. Derechos Humanos. Memoria. Historia reciente. Historia oral. Historia regional. Migraciones. Procesos de poblamiento y colonización.
1.1.6. Estudios sobre educación, cultura y sociedad. Políticas educativas. Educación y desigualdad social. Sujetos, instituciones y prácticas educativas. Planeamiento y gestión de la educación. Educación intercultural. Educación popular.
1.1.7. Conflictos y luchas sociales. Activismo social. Protestas sociales. Violencia urbana. Configuraciones sociales de las disputas.
1.1.8. Feminismos. Colonialidad / descolonialidad. Epistemologías otras y pensamiento fronterizo. Géneros, transgéneros y diferencia sexual. Procesos de subjetivación. Violencias de género. Cuerpo, sexualidad y salud.
1.1.9. Construcción y reproducción del orden social. Gubernamentalidad financiera. Dominación y emancipación social. Desigualdades sociales. Violencias sociales. Mundo de la vida y vida cotidiana.
1.1.10. Estudios sobre la muerte y el morir. Antroposemiótica. Tanatología. Arte, memoria funeraria y vida cotidiana. Diversidad y movilidad socio-religiosa.
Objetivo Estratégico 1.2.
Promover y consolidar la producción colectiva de conocimientos
LÍNEAS DE ACCIÓN:
1.2.1. Promover la formación de grupos de investigación multidisciplinarios
1.2.2. Desarrollar proyectos institucionales sobre problemáticas relevantes para la región
1.2.3. Establecer mecanismos de intercambio de información y experiencias entre investigadores
1.2.4. Planificar actividades para el intercambio de avances y resultados de investigaciones
1.2.5. Priorizar el financiamiento de proyectos con producción colectiva de conocimientos
1.2.6. Priorizar la incorporación de becarios en los proyectos colectivos
Objetivo Estratégico 1.3.
Fortalecer el desarrollo de recursos humanos para la investigación
LÍNEAS DE ACCIÓN:
1.3.1. Promover la formación y capacitación de los investigadores para nuevas trayectorias y perfiles de investigación
1.3.2. Priorizar la incorporación de investigadores y becarios con inserción en las líneas estratégicas de investigación del instituto.
1.3.3. Fortalecer la carrera de personal de apoyo a la investigación promoviendo la capacitación, la integración a diversos equipos de trabajo y el acompañamiento proporcional al crecimiento de la planta de investigadores.
Objetivo Estratégico 1.4.
Desarrollar y consolidar las capacidades institucionales para la investigación
LÍNEAS DE ACCIÓN:
1.4.1. Contar con la infraestructura edilicia adecuada y el equipamiento necesario para el trabajo de los investigadores, becarios y personal de apoyo a la investigación. 1.4.2. Gestionar los convenios necesarios para el trabajo en red con otros institutos, centros o grupos de investigación del país y del exterior.
1.4.3. Generar dispositivos institucionales que aumenten y mejoren la difusión y visibilidad de las actividades y la producción científica y tecnológica del instituto.
EJE ESTRATÉGICO Nº 2
Gobierno y gestión institucional
Objetivo Estratégico 2.1.
Consolidar la estructura de gobierno del instituto
LÍNEAS DE ACCIÓN:
2.1.1. Fortalecer los procesos de discusión y toma de decisiones de los órganos de gobierno del instituto, con adecuados mecanismos de producción y circulación de información.
2.1.2. Consolidar la gobernanza del instituto mediante la acción conjunta de sus órganos de gobierno y la participación de otros actores institucionales.
2.1.3. Evaluar periódicamente la orientación estratégica del instituto y el avance en el logro de los objetivos y las líneas estratégicas de acción.
2.1.4. Producir en tiempo y forma los cambios necesarios por vencimiento de mandatos de los integrantes de los órganos de gobierno del instituto.
Objetivo Estratégico 2.2.
Desarrollar y fortalecer la estructura de gestión del instituto
LÍNEAS DE ACCIÓN:
2.2.1. Contar con una estructura mínima de recursos humanos que garantice el funcionamiento administrativo del instituto y el cumplimiento de sus funciones.
2.2.2. Incorporar el equipamiento y los medios tecnológicos necesarios para el funcionamiento eficaz y eficiente del instituto.
2.2.3. Definir y delimitar claramente las tareas y responsabilidades administrativas y de gestión que requiere el instituto.
2.2.4. Desarrollar una política de capacitación y perfeccionamiento continuo de los recursos humanos del instituto.
2.2.5. Producir los cambios que sean necesarios en la estructura de gestión del instituto, para garantizar la permanente actualización en términos de calidad.
Objetivo Estratégico 2.3.
Mejorar la capacidad de gestión del instituto
LÍNEAS DE ACCIÓN:
2.3.1. Desarrollar la capacidad de planeamiento a corto, mediano y largo plazo.
2.3.2. Implementar mecanismos que permitan el control de la gestión y el mejoramiento continuo de los procesos y resultados de la gestión.
2.3.3. Aumentar la capacidad física del instituto mediante el acceso a una adecuada infraestructura edilicia.
2.3.4. Desarrollar la capacidad tecnológica del instituto mediante la incorporación y aplicación progresiva de Tecnologías de Información y Comunicación.
2.3.5. Aumentar la capacidad de administración de los recursos, el registro de información y el resguardo físico de la documentación.
2.3.6. Mejorar el acceso al financiamiento, ampliando la capacidad de formulación de proyectos y de búsqueda de oportunidades en el país o en el exterior.
EJE ESTRATÉGICO Nº 3
Desarrollo de la vinculación y transferencia de conocimientos en ciencias sociales y humanas
Objetivo Estratégico 3.1.
Crear y desarrollar el área de vinculación y transferencia del instituto
LÍNEAS DE ACCIÓN:
3.1.1. Crear un área específica institucional de vinculación y transferencia de conocimientos.
3.1.2. Diseñar e implementar un programa que sirva de marco institucional para el desarrollo de proyectos y actividades de vinculación y transferencia de conocimientos en el instituto.
3.1.3. Incorporar recursos humanos capacitados en la planificación y la gestión de proyectos y actividades de vinculación y transferencia de conocimientos.
3.1.4. Incorporar tecnologías que sirvan de apoyo para la planificación, gestión y evaluación de proyectos y actividades de vinculación y transferencia de conocimientos.
Objetivo Estratégico 3.2.
Fortalecer la capacidad de vinculación y transferencia de conocimientos del instituto
LÍNEAS DE ACCIÓN:
3.2.1. Identificar las oportunidades de vinculación con sectores y actores públicos y privados.
3.2.2. Identificar las demandas de transferencias de conocimientos, tecnologías y servicios que se originen en organizaciones públicas o privadas y en diversos sectores de la sociedad.
3.2.3. Diseñar la oferta de conocimientos, tecnologías y servicios que podrían ser objetos de vinculación y transferencia a la sociedad.
3.2.4. Difundir y promover la oferta de conocimientos, tecnologías y servicios que puede transferir el instituto a la sociedad.
3.2.5. Desarrollar la capacidad de formulación de programas y proyectos de vinculación y transferencia de conocimientos, tecnologías y servicios a la sociedad.
Objetivo Estratégico 3.3.
Desarrollar acciones de vinculación y transferencia de conocimientos
LÍNEAS DE ACCIÓN:
3.3.1. Celebrar acuerdos con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales para la ejecución de proyectos de vinculación y transferencia de conocimientos, tecnologías y servicios relacionados con problemáticas específicas.
3.3.2. Articular capacidades y acciones para el diagnóstico, diseño, supervisión y evaluación de políticas públicas nacionales, provinciales y municipales.
3.3.3. Celebrar acuerdos con organizaciones sociales y organismos no gubernamentales para la ejecución de proyectos de vinculación y transferencia de conocimientos, tecnologías y servicios.
3.3.4. Integrar redes asociativas e institucionales con universidades y otras instituciones educativas, institutos, centros y grupos de investigación, para la ejecución de proyectos y actividades de vinculación y transferencia de conocimientos, tecnologías y servicios.
3.3.5 Contribuir a la adecuación de las políticas públicas a las realidades regionales.
EJE ESTRATÉGICO Nº 4
Desarrollo de la comunicación institucional con la sociedad
Objetivo Estratégico 4.1.
Crear y desarrollar el área de comunicación institucional con la sociedad
LÍNEAS DE ACCIÓN:
4.1.1. Crear un área específica de comunicación institucional con la sociedad. Fortalecer las actividades audiovisuales del instituto y orientarlas al área comunicacional.
4.1.2. Incorporar recursos humanos capacitados para la planificación y el desarrollo de proyectos y actividades de comunicación institucional.
4.1.3. Incorporar tecnologías para el desarrollo de actividades de comunicación institucional.
Objetivo Estratégico 4.2.
Ampliar los canales de comunicación del instituto con la sociedad
LÍNEAS DE ACCIÓN:
4.2.1. Intensificar la comunicación institucional a través de las redes sociales.
4.2.2. Desarrollar contenidos audiovisuales para la difusión de la producción científica y la actividad institucional
4.2.3 Promover la presencia de investigadores en programas radiales y televisivos como forma de comunicación institucional con la sociedad.
4.2.4. Desarrollar los sitios web institucionales asignados al instituto por el CONICET y la Universidad Nacional de Misiones.
4.2.5. Desarrollar un sitio web propio del instituto destinado a la comunicación institucional con la sociedad.
4.2.6. Participar en las ferias, exposiciones y eventos similares donde puedan promoverse y difundirse las actividades del instituto.
4.2.7. Organizar jornadas y otros eventos que permitan el contacto y la comunicación del instituto con la sociedad.
Dra. María Sandra LIBUTTI Secretaria Consejo Superior - UNaM
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN Presidente Consejo Superior - UNaM
RESOLUCIÓN CS Nº 029/18
“2018 - AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”
POSADAS, 22 DE MAYO DE 2018.
VISTO: El Expediente Nº CUDAP: EXP-S01:0000833/2018 - Proyecto para asegurar el menú celíaco en el ámbito de la Universidad Nacional de Misiones, y;
CONSIDERANDO:
QUE, en la República Argentina, 1 de cada 100 personas es celíaca según el Ministerio de Salud de la Nación, sin embargo, solamente 2 de cada 10 lo sabe.
QUE, es menester abordar la problemática en el ámbito donde los estudiantes se desarrollan y forman como futuros profesionales.
QUE, la Ley Nacional Nº 26.588 promulgada el 29 de diciembre de 2009, declara “de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca” y la Ley XVII — Nº 15 (Antes Ley 2.811), reglamentada en 1998, declara “de interés provincial el estudio, la prevención, el tratamiento y las investigaciones relacionadas con la enfermedad Celíaca”, constituyen el marco normativo vigente.
QUE, la celiaquía es una enfermedad autoinmune que afecta a los tejidos del sistema digestivo provocando un daño irreparable.
QUE, los alimentos sin TACC poseen un costo muy alto a diferencia de los alimentos que si poseen esas características.
QUE, la Universidad Nacional de Córdoba, a través de la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y, en respuesta a la Ley nacional antes mencionada, ha implementado en todos sus comedores universitarios el programa "UNC sin TACC", por el cual todos los estudiantes celíacos de esa Casa de Altos Estudios pueden acceder a un menú especial para poder vivir dignamente con la enfermedad celíaca.
QUE, la Universidad Nacional del Litoral, en el año 2016 implementó en sus comedores universitarios el menú celíaco.
QUE, la Universidad Nacional de Río Cuarto, en el año 2017, implementó el menú celíaco a través de la Secretaria de Bienestar Estudiantil.
QUE, la Universidad Nacional de la Plata, en el año 2017 implementó el menú para celíacos en respuesta a la Ley Nacional de Celiaquía, y al pedido de estudiantes que padecen la enfermedad.
QUE, la Universidad de Buenos Aires, en sus unidades académicas de Medicina, Economía y Derecho ha implementado el menú celíaco en sus respectivos comedores y/o buffet.
QUE, la Universidad Nacional de Cuyo implementó en febrero del corriente año el menú para celíacos.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Asuntos Estudiantiles, la misma se expidió mediante el Despacho Nº 002/18 obrante a fojas 5, sugiriendo, “Aprobar el proyecto para asegurar el menú celíaco en el ámbito de la UNaM, con la modificación del Artículo Nº 2, en donde se reemplaza la tercerización del servicio por la forma y mecanismo que cada unidad académica lo considere mas adecuado para garantizar este derecho estudiantil”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 2º Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 25 de Abril de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- ESTABLECER el menú para celiacos en cada comedor que dependa de la Universidad Nacional de Misiones.
ARTICULO 2º.-INSTAURAR que el menú para celiacos sea gestionado por la forma y mecanismo que cada Unidad Académica considere mas adecuado para garantizar este derecho estudiantil.
ARTICULO 3º.- GARANTIZAR la entrega de 2 (dos) viandas por día, en calidad de almuerzo y cena, en un espacio específico de cada comedor universitario (box, cabina) que sea un espacio libre de gluten asegurando la imposibilidad de contaminación cruzada.
ARTICULO 4º.- CONSIGNAR, la disposición de un formulario de inscripción en cada unidad académica, a través de la Secretaria de Bienestar Estudiantil de cada una, con el objetivo de que cada estudiante pueda acceder a este derecho. El mismo deberá contener como mínimo: a) Del estudiante: nombre completo, número de legajo, número de documento de identidad, certificado de alumno regular. b) Datos clínicos: certificado de salud donde explicite la condición del estudiante, firmado por médico de cabecera o especialista. Análisis clínicos que lo comprueben. Cumplimentado lo precedente, se podrá requerir un carnet que acredite la intolerancia al TACC.- ARTICULO 5º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 029/18
haa
Mgter. Mariano Eugenio ANTON Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. Javier GORTARI Presidente Consejo Superior - UNaM
RESOLUCIÓN CS Nº 091/18
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”.
POSADAS, 30 DE NOVIEMBRE DE 2018
VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01:0003697/2018 - Secretario General de Ciencia y Tecnología — Eleva a Consejo Superior texto de Reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos de Director de Institutos UNaM-CONICET, para aprobación; y;
CONSIDERANDO:
QUE, el funcionario de mención eleva para conocimiento y aprobación del órgano deliberativo, el Proyecto de reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos de Director de los Institutos de doble dependencia Universidad Nacional de Misiones-Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
QUE, la Comisión de Ciencia y Tecnología del Alto Cuerpo, en su Despacho Nº 008/18, a fs. 7, sugiere “aprobar el reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos de Director de Institutos UNaM-CONICET y habilitar a la Sra. Rectora para suscribir la Addenda al Convenio vigente con CONICET. Asimismo dejar sin efecto el reglamento anterior.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 7º Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día 21 de Noviembre de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos de Director de los Institutos de doble dependencia Universidad Nacional de Misiones-Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, que como Anexos, forman parte integrante de la presente Resolución.-
ARTICULO 2º.- HABILITAR a la Señora Rectora para suscribir la Adenda al Convenio vigente con el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).-
ARTICULO 3º.-DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS Nº 093/14 por la cual se aprueba “Reglamento para la realización de concursos para la provisión de cargos de Directores regulares de unidades de doble dependencia CONICET-U.Na.M., sancionado por Resolución D Nº 2130 del Directorio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, y toda otra norma que se oponga a la presente.-
ARTICULO 4º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 091/18
haa
Dra. María Sandra LIBUTTI – Secretaria Consejo Superior
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN - Presidente Consejo Superior
REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE DIRECTOR DE INSTITUTOS UNaM - CONICET
Institutos de doble pertenencia de la Universidad Nacional de Misiones (UNaM) y del Consejo Nacional de Investigaciones, Científicas y Técnicas (CONICET).
I Del llamado a concurso.
II De las condiciones requeridas para presentarse a concurso.
III De los actos administrativos para la inscripción
IV- De la designación de los jurados.
V - De la actuación del jurado.
VI - De la designación de los Directores.
VII - De las disposiciones generales.
I DEL LLAMADO A CONCURSO
ARTÍCULO 1º: El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Misiones y el Directorio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas determinarán, en forma coordinada, el llamado a concurso de los Directores de los Institutos UNaM — CONICET.
ARTICULO 2º: La Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la Universidad Nacional de Misiones y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET difundirán el concurso en el Boletín Oficial de República Argentina, en al menos un diario local y en las páginas web de la UNaM y del CONICET, abriendo un período de inscripción por el término de treinta (30) días.
ARTICULO 3º: En el llamado a concurso se indicará la fecha de iniciación y finalización del período de inscripción, así como la naturaleza del cargo a concursar, el lugar donde se desarrollará la actividad concursada y la remuneración a percibir. El llamado a concurso se anunciará también mediante notificación a las Facultades de la UNaM y a las Unidades Ejecutoras y Centros Científicos Tecnológicos del CONICET.
II DE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA PRESENTARSE A CONCURSO
ARTICULO 4º: Para presentarse a concurso, los aspirantes deben reunir las condiciones siguientes:
a. La edad límite será de hasta sesenta y cinco (65) años, a la fecha en que se inicia el período de inscripción.
b. Tener título universitario o en su defecto acreditar antecedentes que, en opinión del jurado y con carácter excepcional, suplan su eventual carencia.
c. Ser investigador activo de la UNaM o del CONICET de acuerdo a lo que establecen sus respectivas reglamentaciones, con un cargo equivalente al de Investigador Independiente o mayor de la Carrera del Investigador del CONICET.
d. No estar comprendidos en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos.
III DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA INSCRIPCIÓN
ARTICULO 5º: La solicitud deberá presentarse en dos (2) ejemplares impresos y en versión electrónica. Podrán ser presentados en el lugar y en las direcciones electrónicas donde la UNaM y el CONICET designen. En el primero de los casos se emitirá un recibo a cada solicitud de inscripción en el que constarán la fecha y el número de registro correspondiente de la UNaM o del CONICET. Todas las solicitudes deberán contener la información básica siguiente:
• Nombre y apellido del aspirante
• Lugar y fecha de nacimiento, estado civil + Documento (clase y número)
• Domicilio real y domicilio constituido
• Currículum vitae donde consten:
a) Títulos universitarios con indicación de las Facultades y Universidades que los otorgaron. Deberán presentarse fotocopias de los diplomas correspondientes.
b) Antecedentes laborales: cargos que desempeñó o desempeña en la Administración Pública o en la actividad privada, en el país o en el extranjero.
c) Antecedentes científico - tecnológicos: trabajos de investigación realizados, publicaciones (indicando editorial o revista, lugar y fecha de publicación) y patentes. Participación en congresos, seminarios, talleres, etc. nacionales o internacionales.
d) Antecedentes docentes en las Universidades o Institutos de Investigación nacionales, provinciales o privados, en el país y en el extranjero.
e) Antecedentes en gestión universitaria y científico - tecnológica. Experiencia en conducción de grupos de trabajo, elaboración de proyectos y planificación.
f) Todo otro elemento de juicio que considere de valor.
• Proyecto institucional para el Instituto UNaM — CONICET concursado.
ARTICULO 6º: No se podrá presentar documentación de antecedentes y actuaciones ocurridas con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción.
ARTICULO 7º: En la fecha y hora de vencimiento del plazo de inscripción se labrarán dos actas en las que constarán las inscripciones registradas para el cargo en concurso, en la UNaM y en el CONICET. Las actas serán refrendadas por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET.
IV - DE LA DESIGNACIÓN DE LOS JURADOS
ARTICULO 8º: Los miembros de los jurados que actuarán en los concursos serán designados por el Consejo Superior de la UNaM y por el Directorio del CONICET, a propuestas respectivas de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y de la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico. Los miembros del jurado serán personalidades de probada idoneidad en el área de competencia del Instituto UNaM — CONICET concursado, pero sin relación directa con la dirección de la unidad concursada.
ARTICULO 9º: El jurado propuesto estará compuesto por dos titulares y dos suplentes por CONICET, dos titulares y dos suplentes por la UNaM, y un representante institucional por cada contraparte. El Jurado podrá incluir un miembro titular adicional, con acuerdo conjunto de la UNaM y el CONICET, que sea una personalidad relevante del sector socioeconómico vinculado a las actividades del instituto y/o un experto internacional con residencia en el exterior.
ARTICULO 10º: Se procederá a conformar el jurado previamente al llamado a concurso, y su conformación será publicada en el momento mismo de la convocatoria, quedando así notificados los aspirantes.
ARTICULO 11º: Los miembros del Jurado podrán ser recusados por los aspirantes por escrito y con causa fundada, dentro del período de convocatoria y hasta el mismo día de cierre del llamado. La recusación deberá plantearse indicándose con precisión las causales en las que se fundan y las pruebas que la justifiquen.
ARTICULO 12º: Las recusaciones y excusaciones serán elevadas a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y a la Gerencia de Desarrollo Científico Tecnológico del CONICET, puesta a consideración del Consejo Superior de la UNaM y del Directorio del CONICET, para ser resueltas en el plazo de treinta (30) días. ARTICULO 13º: De aceptarse la recusación por el Consejo Superior y/o el directorio del CONICET, el miembro separado del Jurado será reemplazado automáticamente por el miembro suplente correspondiente en las propuestas de la UNaM o el CONICET, según corresponda.
V- DE LA ACTUACIÓN DEL JURADO
ARTICULO 14º: Una vez vencido los plazos para las recusaciones, excusaciones e impugnaciones, o cuando ellas hubieran quedado definitivamente resueltas, la Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET pondrán a disposición del jurado todos los antecedentes y la documentación de los aspirantes. Las actuaciones de las impugnaciones, recusaciones y excusaciones no quedarán incorporadas a las del concurso.
ARTICULO 15º: Los miembros del Jurado dispondrán de veinte (20) días luego de haber recibido los antecedentes y la documentación a la que se refiere el artículo anterior para analizarla. Este término podrá ampliarse a solicitud fundada en tal sentido; ampliación que será aprobada por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET.
ARTICULO 16º: A partir del análisis de la documentación enviada los miembros del Jurado, en forma coordinada por e-mail o video-conferencia, realizarán una preselección de aquellos candidatos con méritos suficientes para ser entrevistados y decidirán una fecha (dentro de los próximos 10-20 días corridos) y lugar para reunirse y entrevistar en forma conjunta a los aspirantes.
ARTICULO 17º: En la fecha y lugar convenidos de acuerdo al Articulo 16, el Jurado, reunido en sede de la UNaM o del CONICET asistido por dos representantes administrativos, uno de la UNaM y otro del CONICET, entrevistarán personalmente o por video-conferencia a cada uno de los aspirantes seleccionados en el Articulo 16º. Antes del inicio de las entrevistas los miembros del Jurado designarán de entre ellos a un Presidente. El objetivo de la entrevista será evaluar diversos aspectos de los candidatos, incluyendo su solvencia para ejercer el cargo de director del instituto y detalles del proyecto institucional del candidato para sustentar el desarrollo y la producción científica y técnica del Instituto UNaM — CONICET concursado.
ARTICULO 18º: Los concursantes no podrán asistir a las exposiciones de los restantes aspirantes. La fecha de la entrevista será comunicada a cada postulante incluido en la selección, con una antelación mínima de 10 días.
ARTICULO 19º: El Jurado elevará al Consejo Superior de la UNaM y al Directorio del CONICET la lista de candidatos con mérito suficiente ordenados por mérito o declarará desierto el concurso. El dictamen del jurado deberá ser explícito y fundado y constará de un acta que firmarán todos sus integrantes. Deberá contener la valoración de: a) antecedentes y títulos b) publicaciones, trabajos científicos y técnicos c) antecedentes de gestión d) entrevista personal y proyecto institucional e) demás elementos de juicio que se hayan considerado
ARTICULO 20º: El dictamen del jurado será notificado a los aspirantes dentro de los diez (10) días de emitido.
VI - DE LA DESIGNACIÓN DE DIRECTORES
ARTICULO 21º: El Director será designado de común acuerdo entre la UNaM y el CONICET. En caso en que el candidato acordado no sea el primero en el orden de mérito su designación requerirá una mayoría de dos tercios del Consejo Superior y del Directorio del CONICET. La duración de la designación será por cuatro (4) años, renovable por única vez solamente por concurso en las condiciones previstas en el presente Reglamento. La designación no podrá efectuarse en un régimen de menor dedicación que el establecido en el respectivo llamado a concurso. La resolución que designe al Director es inapelable, quedando agotada la vía administrativa.
ARTICULO 22º: Notificado de su designación, el Director de la Unidad Ejecutora deberá asumir sus funciones dentro de los sesenta (60) días, salvo que invocare ante el Consejo Superior de la UNaM y el Directorio del CONICET un impedimento justificado. Transcurrido ese plazo o vencida la prórroga acordada se dejará sin efecto la designación.
ARTICULO 23º: La Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET podrán proponer al Consejo Superior de la UNaM y al Directorio del CONICET la designación de quien figura en el orden siguiente de mérito, cuando quedara sin efecto el nombramiento del Director del Instituto UNaM — CONICET concursado, por no haberse hecho cargo de sus funciones.
VII - DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 24º: Los candidatos y los jurados, según corresponda, serán notificados personalmente, por el sistema de comunicación oficial vigente.
ARTICULO 25º: Las notificaciones serán efectuadas en la dirección que el candidato haya constituido.
ARTICULO 26º: Todos los términos establecidos en este reglamento se contarán por días corridos.
ARTICULO 27º: La presentación de la solicitud de inscripción importa, por parte del aspirante, el conocimiento de las condiciones fijadas en este reglamento.
ARTICULO 28º: El proceso de designación de los jurados (Título IV) y de su actuación (Título V) serán supervisados por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología de la UNaM y la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico del CONICET.
ARTICULO 29º: Todas las actuaciones vinculadas con los concursos objeto de este reglamento tendrán prioridad para su tratamiento en todas las instancias.
ARTICULO 30º: Los términos de referencia y el modelo de llamado a concurso se adjuntan como parte integrante del presente Reglamento en los Anexos I y II.
ANEXO I
MODELO GENERAL DE CONVOCATORIA
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA DIARIO DE CIRCULACIÓN LOCAL E INTERNET
LA UNaM Y EL CONICET LLAMAN A CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTOR DEL:
CONSULTAR Y BAJAR REGLAMENTO de CONCURSO, TÉRMINOS de REFERENCIA y PERFIL en:
UNaM: www.unam.edu.ar/ Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Tel.: 03764-4480200 int. 127 y 147 CONICET: www.conicet.gov.ar/Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. /Tel.: (011) 4899-5400 internos: 2845 2839 2841 2847
ENTREGAR PRESENTACIÓN PERSONALMENTE O POR CORREO POSTAL EN:
Secretaría General de Ciencia y Tecnología
Universidad Nacional de Misiones
Ruta Nacional 12 Km. 7 ½ (3304)
Miguel Lanús, Misiones
Gerencia de Desarrollo Científico Tecnológico
CONICET
Godoy Cruz 2290 Piso 9
CP.1425 - CABA
FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA INSCRIPCIÓN:
REMUNERACIÓN
a) Si el candidato seleccionado es Profesor de la UNaM con dedicación exclusiva recibirá su sueldo habitual y se fijará un adicional que le corresponde como suplemento por función de cargo.
b) Si el candidato seleccionado es un investigador de la Carrera del Investigador del CONICET recibirá su sueldo habitual más un adicional como suplemento por función de cargo.
DURACIÓN EN EL CARGO cuatro (4) años
CONDICIONES:
El cargo exige dedicación exclusiva y es incompatible con cualquier actividad profesional o comercial, excepto la investigación que pueda realizarse en el centro a dirigir, la docencia y excepcionalmente, asesorías técnicas autorizadas de acuerdo a las normas vigentes para los docentes—investigadores de la UNaM y para los miembros de la Carrera del Investigador del CONICET.
Lugar de residencia: Misiones. En caso de que el postulante designado, deba jubilarse durante el período que dure su mandato como Director, dejará de cobrar el suplemento por función de cargo a partir de la baja como miembro de la Carrera y deberá contar con un administrador delegado hasta la finalización del mandato.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presentación de los antecedentes y el proyecto se realizará en el lugar que la UNaM y el CONICET designen.
Deberán entregarse dos (2) ejemplares impresos de la presentación y su versión electrónica. La versión electrónica deberá enviarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Para envíos por correo postal se considerará la fecha del matasellos de la empresa como la efectiva presentación.
La presentación al concurso implica la aceptación del reglamento en todos sus términos.
Dra. María Sandra LIBUTTI – Secretaria Consejo Superior
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN – Presidente Consejo Superior
RESOLUCIÓN CS Nº 096/18
"2018-Año del Centenario de la Reforma Universitaria".
Posadas, 30 de Noviembre de 2018.
VISTO: El Expediente S01:0003736/2018 - Secretaría General de Infraestructura y Recursos Humanos y Secretaría General de Economía y Finanzas - Solicitud ampliación modificatoria Anexo I Resolución CS Nº 082/18, y;
CONSIDERANDO:
QUE, se propone que los puntos asignados a Rectorado sean considerados puntos Nodocentes. De esta manera, quedan equiparadas en puntos flotantes la Unidad Central y las Unidades Académicas.
QUE, fundan su petición teniendo en cuenta que en la Unidad Central, a diferencia de las Facultad, la mayoría de su plantel está compuesto por agentes Nodocentes, siendo en este claustro donde se producen las vacantes a subrogar por asignación de funciones de gabinete en las Secretarías de Economía y Finanzas, y Secretaría de Infraestructura y Recursos Humanos.
QUE, por Resolución CS Nº 082 de fecha 05 de Octubre de 2018, el Consejo Superior resolvió modificar, el Artículo 1º de la Resolución CS Nº 056/15, e incrementar a cien (100) los puntos otorgados a las Unidades Académicas y a sesenta (60) en el caso de las Escuelas y Rectorado.
QUE, la Comisión de Desarrollo del Alto Cuerpo, en su Despacho Nº 028/18, a fs. 5, sugiere “Aprobar la solicitud de modificación del Anexo I – Resolución Nº 082/18 aclarando que, tanto en Rectorado como en las Unidades Académicas, los cargos Directivos ocupados por Docentes, serán puntos flotantes Docentes. Y los cargos Directivos ocupados por los Nodocentes, serán puntos flotantes Nodocentes”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 7ª Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día 21 de Noviembre de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- APROBAR la solicitud de modificación del Anexo I – Resolución Nº 082/18, conforme el ANEXO I, que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2º.- ACLARAR que, tanto en Rectorado como en las Unidades Académicas, los cargos Directivos ocupados por Docentes, serán puntos flotantes Docentes. Y los cargos Directivos ocupados por los Nodocentes, serán puntos flotantes Nodocentes
ARTICULO 3º.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 096/18
haa
Dra. María Sandra LIBUTTI Secretaria Consejo Superior - UNaM
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN Secretaria Consejo Superior - UNaM
Dependencias | Puntos Docentes | Puntos Nodocentes |
Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales | 100 | |
Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales | 100 | |
Facultad de Ciencias Económicas | 100 | |
Facultad de Ingeniería | 100 | |
Facultad de Arte y Diseño | 100 | |
Facultad de Ciencias Forestales | 100 | |
Escuela de Enfermería | 60 | |
Escuela Agrotécnica | 60 | |
Rectorado | 60 |
Observaciones: 1 Punto No Docente = 1.73 Docente
Dra. María Sandra LIBUTTI Secretaria Consejo Superior - UNaM
MSc. Ing. Alicia V. BOHREN Presidente Consejo Superior - UNaM
RESOLUCIÓN CS Nº 005/18
"2018-Año del Centenario de la Reforma Universitaria".
Posadas, 21 de Marzo de 2018.
VISTO: El Expediente Nº CUDAP: EXP-S01:0000146/2018 - Consejo Superior - Designación Junta Electoral de la Universidad Nacional de Misiones y agregados CUDAP: FCF_EXP-S01:0000028/2018, CUDAP: FHYCS_EXP-S01:0000240/2018 y CUDAP: FIO_EXP-S01:0000181/2018, y;
CONSIDERANDO:
QUE, las Unidades Académicas elevaron las propuestas de designación de los miembros Titulares y Suplentes, para integrar la Junta Electoral Central, tal como lo establece la legislación vigente.
QUE, el Estatuto de la Universidad Nacional de Misiones, ha dispuesto en su Artículo 112º inciso a) y el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 001/10 (Reglamento Electoral vigente), que es atribución del Consejo Superior designar a los miembros de la Junta Electoral Central.
QUE, la Comisión de Desarrollo del Consejo Superior, en su Despacho Nº 006/18, sugiere “Designar a la Junta Electoral Central, como Titulares: VERA - NITTMANN - LEÓN Suplentes: Campodónico - Morenate - Tenaschuk”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 1ª Sesión Ordinaria/18 del Consejo Superior, realizada el día 21 de Marzo de 2018.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- DESIGNAR a partir del 20 de Abril de 2018 y por el lapso de 2 (dos) años, a la Junta Electoral Central de la Universidad Nacional de Misiones, compuesta por las personas que a continuación se nominan:
MIEMBROS TITULARES
VERA, Héctor Benjamín D.N.I. Nº 30.075.427 Claustro Docente F.C.F.
NITTMANN, Nancy Gabriela D.N.I. Nº 25.500.232 Claustro No Docente F.I.
LEON, Juan Marcelo D.N.I. Nº 23.096.342 Claustro Docente F.C.E.
MIEMBROS SUPLENTES
CAMPODÓNICO, Nélida Ramona D.N.I. Nº 21.852.937 Claustro Docente F.A. y D.
MORENATE, Rubén Alberto D.N.I. Nº 14.639.723 Claustro Docente F.H. y C.S.
TENASCHUK, Javier Alejandro D.N.I. Nº 27.192.164 Claustro No Docente F.C.E.Q. y N.
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 005/18
haa
Ing. Fernando Luis KRAMER Vice-Rector a/c Secretaría Consejo Superior-UNaM
Dr. Javier GORTARI Presidente Consejo Superior-UNaM