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RESOLUCION CS Nº 078-23

POSADAS, 04 DE JULIO DE 2023.

VISTO: El Expediente CUDAP: FCE-EXP-S01 :0000469/2023, por el que se eleva la propuesta de creación de la Carrera LICENCIATURA EN MARKETING, con título intermedio de TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN MARKETING, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones, modalidad presencial, y;

CONSIDERANDO:

QUE, esta carrera según lo especificado en el plan de estudio, tiene como objetivo formar profesionales capacitados en la planificación, implementación y evaluación de estrategias de marketing en diferentes ámbitos y contextos, con un enfoque en la responsabilidad social, la internacionalización de productos regionales y la digitalización.

QUE, la implementación de esta licenciatura en la región se justifica en la necesidad de formar profesionales capacitados en marketing, que puedan contribuir al desarrollo económico y social de la región.

QUE, analizada dicha propuesta, la Secretaría General Académica expresa, que el Plan de Estudio cumple con los requerimientos de las normativas vigentes.

QUE, es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación; a fin de solicitar la creación, el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 031/2023, sugiriendo: "Crear la carrera Licenciatura en Marketing con Título intermedio de Técnico/a Universitario/a en Marketing de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNaM, Modalidad Presencial. Aprobar el Plan de Estudios de la carrera Licenciatura en Marketing con Título intermedio de Técnico/a Universitario/a en Marketing, de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNaM. Solicitar el reconocimiento oficial del Título de la mencionada carrera".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de Junio de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: CREAR la carrera LICENCIATURA EN MARKETING, con título intermedio de TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN MARKETING, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones que, como Anexo forma parte de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 2º : APROBAR el plan de estudio de la carrera LICENCIATURA EN MARKETING, con título intermedio de TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN MARKETING, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones, modalidad presencial que como Anexo forma parte de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 3º : SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título de Licenciado/a, en Marketing con título intermedio de Técnico/a Universitario/a en Marketing, mencionado en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 4º : REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.

RESOLUCIÓN CS Nº 078/2023

 

                                                              Bqco Jorge E LÓPEZ                                    MSc Ing Alicia V BOHREN

                                                         Secretario Consejo Superior                           Presidenta Consejo Superior

                                                       Universidad Nacional de Misiones                    Universidad Nacional de Misiones

 

 

 

RESOLUCION CS Nº 098-23

VISTO: El Expediente CUDAP: FCE_EXP-S01 :0000754/2023 -Facultad de Ciencias Económicas -S/ Propuesta de Creación de la Carrera de Grado Licenciatura en Marketing de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNaM, Modalidad Presencial y agregado por cuerda Expediente CUDAP: FCE_EXP­S01 :0000469/2023, y;

CONSIDERANDO:

QUE, por Resolución CS Nº 078/2023 el Alto Cuerpo resolvió Crear la carrera Licenciatura en Marketing, con título intermedio de Técnico/a Universitario/a en Marketing, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones que, como Anexo forma parte del referido instrumento legal, Aprobándose el plan de estudio y solicitar al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título de Licenciado/a, en Marketing con título intermedio de Técnico/a Universitario/a en Marketing.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 050/2023, sugiriendo: "Dejar sin efecto la Res. CS 078/2023".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 30 de agosto de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-DEJASE SIN EFECTO la Resolución CS Nº 078/2023 de fecha 4 de Julio de 2023.

ARTÍCULO 2°.-REGÍSTRESE, Comuníquese, y Cumplido. ARCHÍVESE.-

RESOLUCIÓN CS Nº 098/2023

 

                                                             Bco Jorge E LÓPEZ                                                  Ing Sergio E KATOGUI

                                                      Secretario Consejo Superior                                   a/c Presidencia Consejo Superior

                                                    Universidad Nacional de Misiones                                Universidad Nacional de Misiones

RESOLUCION CS Nº 096-23

POSADAS, 31 de Agosto de 2023

VISTO: Expediente CUDAP:EXP-S01 :0002471/2023, Programa UNaM para la Promoción y Desarrollo de Emprendimientos Basados en el Conocimiento; y,

CONSIDERANDO:

QUE, el Plan de Desarrollo Institucional 2018-2026 (Resolución es Nº 081/2018); Plan Estratégico de Ciencia y Tecnología 2023-2026 (Resolución es Nº 152/2022).

QUE, la propuesta elaborada por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, forma parte de un proyecto enmarcado en el Plan Estratégico de Ciencia y Tecnología 2023-2026 (Resolución CS Nº 152/2022) y del Plan de Desarrollo Institucional 2018-2026 (Resolución CS Nº 081/2018); y se enfoca en la promoción del emprendedurismo y la generación de nuevas alternativas para los jóvenes emprendedores.

QUE, la propuesta fue elaborada, tratada y consensuado en sucesivas reuniones mantenidas entre la Comisión Asesora de Vinculación Tecnológica de la cual participan representantes de todas las Unidades Académicas.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Ciencia y Técnica, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 002/2023, sugiriendo: "la aprobación del Programa UNaM para la Promoción y Desarrollo de Emprendimientos Basados en el Conocimiento y su respectivo Reglamento"

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 30 de Agosto de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 °: CREAR el Programa UNaM para la Promoción y Desarrollo de Emprendimientos Basados en el Conocimiento.-

ARTICULO 2º: APROBAR el Reglamento del Programa UNaM para la Promoción y Desarrollo de Emprendimientos Basados en el Conocimiento, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 3°: ENCOMENDAR a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología la implementación del programa a través de la UNaMTec. Programa UNaM para la Promoción y Desarrollo de Emprendimientos Basados en el Conocimiento.-

ARTÍCULO 4º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.

RESOLUCIÓN CS Nº 096/23

 

                                            Bqco Jorge E LÓPEZ                                                 Ing Sergio E KATOGUI

                                       Secretario Consejo Superior                                    a/c Presidencia Consejo Superior

                                    Universidad Nacional de Misiones                                 Universidad Nacional de Misiones

RESOLUCION CS Nº 095-23

POSADAS, 31 de Agosto de 2023

VISTO: Expediente CUDAP:FCEQYN S01:0001101/2023, la Resolución CS Nº 091/23, por la que se aprueba la "Diplomatura en Educación Ambiental." a desarrollarse en la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones; y,

CONSIDERANDO:

QUE, la Resolución del Consejo Superior Nº 001 /19 y su ampliatoria Nº 049/2023 en el Artículo 8° establece que los postítulos docentes podrán ser de tres tipos: 1. ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA, ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR, DIPLOMATURA SUPERIOR.

QUE, el mencionado postítulo por ser una formación de nivel superior otorga el título de "Diplomado Superior en ... " por ello la denominación debe ser "Diplomatura Superior en Educación Ambiental".

QUE, es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación a la Dirección de Gestión Universitaria; a fin de la obtención del reconocimiento oficial.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 049/2023, sugiriendo: "Aprobar la modificación de la denominación Diplomatura Superior en Educación Ambiental y solicitar al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del Título Diplomado/a Superior en Educación Ambiental de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 30 de Agosto de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: MODIFICAR; la denominación de Diplomatura en Educación Ambiental a la de DIPLOMATURA SUPERIOR EN EDUCACIÓN AMBIENTAL de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones.

ARTICULO 2º: SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título de Diplomado/a Superior en Educación Ambiental de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones.

ARTÍCULO 3º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.

RESOLUCIÓN CS Nº 095/2023

                                   Bqco Jorge E LÓPEZ                                             Ing Sergio E KATOGUI

                                Secretario Consejo Superior                              a/c Presidencia Consejo Superior

                             Universidad Nacional de Misiones                            Universidad Nacional de Misiones

 

 

RESOLUCION CS Nº 088-23

VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01 :0001771/2023, en el que obran presentaciones de Consejeros Superiores respecto a Pronunciamiento del Consejo Superior S/ hechos de violencia institucional en Jujuy, y;

CONSIDERANDO:

QUE, la Consejera Docente DACHARY miembro del Consejo Superior eleva al Alto Cuerpo la propuesta referenciada.

QUE, obra además presentación de los Consejeros y la Consejera Superior Estudiantil de Convergencia Estudiantil, con el objetivo de que el máximo organismo deliberativo de la Universidad Nacional de Misiones exprese en un comunicado oficial en los medios de comunicación de la Universidad (página, radio, tv, redes sociales, otros) su más enérgico repudio ante los hechos represivos y de violencia institucional frente a las manifestaciones y protestas sociales acontecidas en el marco del proceso de reforma constitucional llevada a cabo en la Provincia de Jujuy.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Derechos Humanos, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 003/2023, sugiriendo: "Aprobar el texto del comunicado de este Consejo Superior relacionado a los lamentables hechos acaecidos en la hermana provincia de Jujuy y que el mismo sea publicitado en todos los canales institucionales de la Universidad Nacional de Misiones (UNaM). A 40 años del retorno de la Democracia a nuestro país y habiendo cumplido 50 años de existencia la Universidad Nacional de Misiones REPUDIA enérgicamente todos los hechos de violencia, en sus diferentes -y variadas manifestaciones y modalidades llevados a cabo en la provincia de Jujuy en el corrientes mes y manifiesta: REIVINDICAR el compromiso absoluto e irrestricto de nuestra institución con la defensa de los valores, principios y prácticas que hacen a la democracia plena y participativa, como así también al Estado de Derecho y el Sistema Republicano de gobierno. RATIFICAR el compromiso inclaudicable de la Universidad Nacional de Misiones en la defensa de la diversidad cultural, de los derechos irrenunciables de los pueblos originarios y contra los extractivismos, contra todo acto de discriminación, violencia y avasallamiento que los pueblos originarios sufren en el territorio argentino y en la América en su conjunto. MANIFESTAR con firmeza el derecho a la protesta libre y la preservación de la paz. Y propiciar el desarrollo de actividades académicas, de investigación, extensión y debates, en todas las Universidades resaltando el valor, el compromiso y el respeto por los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de todos/as los/as ciudadanos/as de nuestro país".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de junio de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- APROBAR el texto del comunicado de este Consejo Superior relacionado a los lamentables hechos acaecidos en la hermana provincia de Jujuy y que el mismo sea publicitado en todos los canales institucionales de la Universidad Nacional A 40 años del retorno de la Democracia a nuestro país y habiendo cumplido 50 años de existencia la Universidad Nacional de Misiones

REPUDIA enérgicamente todos los hechos de violencia, en sus diferentes y variadas manifestaciones y modalidades llevados a cabo en la provincia de Jujuy en el corrientes mes y manifiesta:

REIVINDICAR el compromiso absoluto e irrestricto de nuestra institución con la defensa de los valores, principios y prácticas que hacen a la democracia plena y participativa, como así también al Estado de Derecho y el Sistema Republicano de gobierno.

RATIFICAR el compromiso inclaudicable de la Universidad Nacional de Misiones en la defensa de la diversidad cultural, de los derechos irrenunciables de los pueblos originarios y contra los extractivismos, contra todo acto de discriminación, violencia y avasallamiento que los pueblos originarios sufren en el territorio argentino y en la América en su conjunto.

MANIFESTAR con firmeza el derecho a la protesta libre y la preservación de la paz. Y propiciar el desarrollo de actividades académicas, de investigación, extensión y debates, en todas las Universidades resaltando el valor, el compromiso y el respeto por los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de todos/as los/as ciudadanos/as de nuestro país.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-

RESOLUCIÓN CS Nº 088-23

                                     Bqco Jorge E LÓPEZ                                   MSc Ing Alicia V BOHREN

                                 Secretario Consejo Superior                           Presidenta Consejo Superior

                              Universidad Nacional de Misiones                     Universidad Nacional de Misiones

RESOLUCION CS Nº 085-23

POSADAS, 04 DE JULIO DE 2023.

VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01 :0000635/2023 - Propuesta de Adhesión a la Ley Nº 27.592 sobre "Formación Integral en Ambiente con perspectiva de desarrollo sostenible y especial énfasis en cambio climático", conocida también como Ley Yolanda, y;

CONSIDERANDO:

QUE, de la propuesta surge que la Ley Yolanda fue impulsada desde la Red UAGAIS (Red de Universidades Argentinas para la Gestión Ambiental y la Inclusión Social), de la cual la UNaM participa activamente y que se están dando los ajustes de coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, cuya finalidad es la optimización de los once módulos de capacitaciones específicas que darán cumplimiento a lo establecido en la mencionada ley.

QUE, la Ley Yolanda es producto de un trabajo conjunto de Universidades Públicas y Privadas integrantes de la Red UAGAIS y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

QUE, a fs. 02/09, obran agregadas copias de la Ley aprobada por el Congreso de la Nación y-sus fundamentos; de las que se extrae que el objeto de la norma es garantizar la formación integral en perspectiva de desarrollo sostenible, apoyada en valores sustentables y ambientales para las personas que desempeñen la función pública, estableciendo la capacitación obligatoria en la temática.

QUE, en los fundamentos de la ley, se expone que la educación ambiental promueve procesos orientados a la construcción de valores, conocimientos y actitudes que posibiliten formar capacidades y que en este sentido la UNESCO ha planteado que la educación ambiental no debe ser vista como un fin en sí mismo, sino como una herramienta fundamental para realizar cambios en el conocimiento de valores y conductas de los seres humanos.

QUE, en virtud de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Nacional, y a fin de dar cumplimiento al compromiso que nuestra Casa de Altos Estudios tiene con el cuidado y conservación del medio ambiente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos - cfr. Dictamen Nº 217/2023 - entiende que corresponde la adhesión a la Ley Nº 27.592 "Ley Yolanda".

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Desarrollo, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 013/2023, sugiriendo: "aprobar la adhesión a Ley 27.592 - Ley Yolanda con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 217/2023 que consta a fs. 14".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de junio de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a la Ley Nacional Nº 27.592, sobre "Formación Integral en Ambiente con perspectiva de desarrollo sostenible y especial énfasis en cambio climático", conocida también como "Ley Yolanda", de acuerdo a lo expresado en los Considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.­

RESOLUCIÓN CS Nº 085-23

                                                    Bqco Jorge E LÓPEZ                             MSc Ing Alicia V BOHREN

                                              Secretario Consejo Superior                     Presidenta Consejo Superior

                                            Universidad Nacional de Misiones              Universidad Nacional de Misiones

 

 

RESOLUCION CS Nº 083-23

POSADAS, 04 DE JULIO DE 2023.

VISTO: El Expediente CUDAP:EXP-S01 :0001793/2023.Propuesta de implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y;

CONSIDERANDO:

QUE, la Universidad Nacional de Misiones viene desarrollando diversas acciones pendientes a la modernización y acompañamiento de la administración en materia digital, posibilitando la mejora continua en los procedimientos administrativos tendientes a una gestión eficaz, eficiente, transparente y segura.

QUE, en el ámbito de la UNaM, desde hace varios años, se encuentran implementados los módulos del ecosistema SIU en sus distintas áreas administrativas y académicas (SIU MAPUCHE, SIU PILAGA, SIU GUARANÍ, entre otros).

QUE, este proceso de transformación digital ya se encuentra operativo y es utilizado por estudiantes, docentes y personal administrativo al inscribirse a una materia, para liquidar haberes, gestionar una compra o el presupuesto, sin que ello sea una enumeración taxativa.

QUE, es materia pendiente y ha sido incluida como una de las acciones a realizar por la Universidad, la implementación de sistemas electrónicos que permitan la tramitación completa del expediente de manera digital, con todos los beneficios que ello importa, como la despapelización, la celeridad, la economía, entre otros.

QUE, a tal fin, conforme fuera referido por el CIN, desde hace varios años se viene orientando todo el trabajo del SIU hacia la integración de los módulos de gestión. Así, el Sistema Único Documental (SUDOCU), es un sistema de gestión documental integral que permite administrar documentos, expedientes y trámites.

QUE, conforme fuera descripto por el SIU, esta solución se integra con los diferentes módulos del mismo, promoviendo la interoperabilidad entre todos sus sistemas de gestión en la institución.

QUE, el sistema ha detallado sus características, definiendo los siguientes conceptos: Adaptable: se adapta fácilmente a distintos tipos de institución y distintos usos y situaciones. Escalable: es altamente escalable gracias a su arquitectura distribuida. Versátil: es adaptable a todo tipo de documentos y circuitos. Ahorro: representa un ahorro significativo en costos de papel y tiempo. Integrable: se integra fácilmente con otros sistemas a través de su API. Firma electrónica: implementa distintas posibilidades de firma electrónica y digital. Open source: está íntegramente desarrollado con tecnologías open source.

QUE, son numerosas las Universidades Nacionales del país que han implementado el Sistema de Expediente Electrónico Integrado, utilizando el SUDOCU y ARAI; algunas en forma gradual y otras ya han terminado el proceso, habiendo digitalizado por completo la administración, a quienes se ha consultado sobre la forma y resultados, recogiendo los datos y experiencias, surgiendo pautas a seguir en la tarea del diseño de la modernización de la gestión administrativa, que abarca tres aspectos: legal, tecnológico y operativo.

QUE, en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer la forma de implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y reglamentar el procedimiento administrativo.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Desarrollo, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 014/2023, sugiriendo: "Aprobar el Proyecto de Resolución para la implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y el proyecto de Ordenanza que aprueba la reglamentación; con las incorporaciones de los aportes efectuados en Comisión, adjuntándose al presente los textos con las adecuaciones sugeridas"

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de Junio de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 ° : IMPLEMENTAR en forma progresiva en todo el ámbito de la UNaM, el Sistema de Expediente Electrónico Integrado para la gestión de documentos y trámites de forma digital, de conformidad a lo explicitado en los siguientes artículos.-

ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que los procedimientos administrativos, la emisión, registro y publicidad de los actos generales o particulares emanados de autoridades universitarias, tramitados mediante el Sistema de Expediente Electrónico Integrado serán plenamente válidos.-

ARTÍCULO 3º: FACULTAR a la Rectora la determinación por acto administrativo de los procedimientos y/o trámites universitarios en los cuales se dará inicio a la implementación del expediente electrónico a través de los sistemas integrados como SUDOCU, SIUARAI, y demás módulos del ecosistema SIU.-

ARTÍCULO 4º: CONFORMAR una Comisión ad-hoc integrada por un representante del área de Sistemas de Rectorado, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de las Secretarías Generales y los/las Decanos/as de las Unidades Académicas, los/las Directores/ras de las Escuelas y/o quienes estos designen. La Comisión tendrá a su cargo la diagramación, y capacitación para la implementación progresiva del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y demás actividades que sean encomendadas por la Rectora para la puesta en marcha de la digitalización de los expedientes, debiendo informar al Consejo Superior sobre la evolución y marca de la digitalización de los expedientes.-

ARTÍCULO 5º: PLANIFICAR e implementar un sistema de resguardo y backup para garantizar la seguridad de los expedientes digitales. Esto incluye la identificación de datos críticos, la frecuencia y procedimientos de backup, el almacenamiento seguro y las pruebas de restauración. Será responsabilidad de los encargados a designar, implementar el sistema la ejecución y supervisión del plan.-

ARTÍCULO 6º: AUTORIZAR a la Rectora de la Universidad para dictar normas aclaratorias o de implementación que resultaren menester.

ARTÍCULO 7º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.

RESOLUCIÓN CS Nº 083-23

                                       Bqco. Jorge E. LÓPEZ                                          MSc Ing Alicia V BOHREN

                                    Secretario Consejo Superior                                 Presidenta Consejo Superior

                                 Universidad Nacional de Misiones                          Universidad Nacional de Misiones

RESOLUCION CS Nº 076-23

POSADAS, 09 de junio de 2023.

VISTO: Los Expedientes CUDAP: FCE_EXP-S01 :0000715/2022 y CUDAP: FCEQYN_EXP-S01 :0000313/2022 - Facultad de Ciencias Económicas - Carrera de Pre-Grado 'Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios" (FCE - FCEQYN) Resolución CD-FCE Nº 0085/2022, y; CONSIDERANDO:

QUE, la Secretaria General Académica, solicita la modificación de la Resolución CS Nº 026/23, en donde indica: ARTÍCULO 1° .- RECTIFÍCASE la Resolución CS Nº 104/2022 en su Anexo a fs. 152 y fs. 157, donde dice "Gestión de Calidad e Inocuidad en la Emprendimientos Alimenticios", corresponde decir "Gestión de Calidad e Inocuidad en los Emprendimientos Alimenticios", dado que en el instrumento no se menciona la denominación de la carrera ni la facultad de pertenencia.

QUE, esta rectificación corresponde a una asignatura de la Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios, entre la Facultad de Ciencias Económicas y Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales.

QUE, en el SIRVAT (Sistema Informático de Evaluación para el Reconocimiento Oficial y Validez Nacional del Título Universitario) se realiza la carga únicamente del instrumento resolutivo y en este caso la rectificación se realiza sobre sobre fojas 152 y 157 del anexo del instrumento legal referenciado, lo cual resulta erróneo porque el mismo refiere al expediente físico no a la resolución enunciada.

QUE, por ello se sugiere dejar sin efecto la Resolución es Nº 026/23, y se proceda a la rectificación - a los fines de evitar futuras malas interpretaciones en el proceso de evaluación, de la Resolución CS Nº 104/22, en su parte pertinente del Anexo.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 01612023, sugiriendo: "1) Dejar sin efecto la Resolución 026/23. 2) Rectificar en el Anexo 1 de la Resolución del Consejo Superior donde dice Asignatura "Gestión de Calidad e Inocuidad Emprendimientos Alimenticios" debe decir "Gestión de Calidad e Inocuidad emprendimientos alimenticios", de la Carrera Tecnicatura Emprendimientos Alimenticios, de la Facultad de Ciencias Exactas, atura/es y la Facultad de Ciencias Económicas".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 3ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 31 de mayo de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1 º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS Nº 026/23 de fecha 19 de Abril de 2023.-

ARTÍCULO 2°.- RECTIFICAR en el Anexo de la Resolución del Consejo Superior Nº 104/22 donde dice Asignatura "Gestión de Calidad e Inocuidad en la Emprendimientos Alimenticios" debe decir "Gestión de Calidad e Inocuidad en los emprendimientos alimenticios", de la Carrera Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios, de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales y la Facultad de Ciencias Económicas.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.­

RESOLUCIÓN CS Nº 076-23

                                      Bqco Jorge E LÓPEZ                                             MSc Ing Alicia V BOHREN

                                Secretario Consejo Superior                                     Presidenta Consejo Superior

                             Universidad Nacional de Misiones                               Universidad Nacional de Misiones

 

 

RESOLUCION CS Nº 074-23

POSADAS, 09 DE JUNIO DE 2023.

VISTO: El Expediente CUDAP:FHYCS_EXP-S01 :0001858/2022 - Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales -Resol. HCD 194-22. S/Aprobación Modificaciones Anexo V Reglamento de Posgrado en Antropología Social; y, CONSIDERANDO:

QUE, la propuesta de modificación se adecua al Reglamento de Posgrado vigente en la Universidad Nacional de Misiones (Ordenanza Nº 049/2018).

QUE, el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, por Resolución HDC Nº 011/2020 resuelve dejar sin efecto el Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social, y aprueba los Planes de Estudios de la Maestría en Antropología Social y del Doctorado en Antropología Social.

QUE, la Resolución CS Nº 017/2020 RATIFICA la Resolución Rectoral 0116/2020 firmada ad-referendum del Consejo Superior con fecha 5 de marzo de 2020, donde se resolvió aprobar la modificación del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Resolución HDC Nº 011/2020).

QUE, es necesario precisar el proceso de presentación y evaluación de tesis de Maestría y Doctorado en Antropología Social, reemplazando el punto 4.4 del Plan de Estudio del Doctorado y modificando el Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social.

QUE, el Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales emitió la Resolución HCD Nº 194/2022 de fecha 06 de Julio del 2022 donde aprueba la modificación del Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Res HCD 011 /20).

QUE, el proyecto fue tratado en la Comisión de Posgrado del Alto Cuerpo, donde los miembros participantes emiten el Despacho Nº 010/2022 sugiriendo "aprobar la modificación del anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (RES HCD 011-20) de las carreras de Posgrado Maestría y Doctorado en Antropología Social, según la Resolución HCD 194-22".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 9ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Diciembre de 2022.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-APROBAR la modificación del Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Resolución HCD Nº 011/20 del Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales), tal como se adjunta a la presente Resolución.-

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.­

RESOLUCIÓN CS Nº 074-23

                                          Bqco Jorge E LÓPEZ                                              MSc Ing Alicia V BOHREN

                                     Secretario Consejo Superior                                     Presidenta Consejo Superior

                                   Universidad Nacional de Misiones                             Universidad Nacional de Misiones

 

RESOLUCION CS Nº 060-23

VISTO: Los Expedientes CUDAP:FHyCS_S01 :0001503/2021 y CUDAP: ESCENF S01 :0000055/2022, por el que se propone la creación de la Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones; y,

CONSIDERANDO:

QUE, la mencionada carrera fue evaluada por la Dirección Nacional y Fiscalización- Universitaria, Ref. Expte. Nº EX-2022-56472587- -APN-DNGU#ME en la que se solicita: a) redactar los alcances como actividades de desempeño profesional, b) remitir el acto resolutivo de creación de la carrera, firmado por la máxima autoridad de la universidad. c) definir la denominación del título y de la carrera y refrendarlo a través de un acto resolutivo. d) corregir y completar la carga en SIRVAT.

QUE, los Consejos Directivos de las respectivas Unidades Académicas se han expedido al respecto aprobando el plan de estudios y sus modificaciones.

QUE, en este marco no se emitió oportunamente el acto resolutivo de creación de la carrera tratado en Sesión Consejo Superior del día 20 de diciembre del 2021 (Despacho 051/21).

QUE, a posteriori se aprueba por Resolución 017 /2022 el plan de estudios de la carrera de pregrado Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones el cual tiene modificación a partir de la Resolución CS Nº 149/22, donde se aprueban (atendiendo a lo solicitado por los evaluadores) los nuevos alcances del título de la carrera de pregrado cuya denominación correcta es Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos.

QUE, es prudente ordenar el proceso en un único acto administrativo en el que se adjunte el documento consolidado del plan de estudios en su versión final donde se incorpore lo ya aprobado y se subsanen las omisiones mencionadas.

QUE, es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado.

QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 017/2023, sugiriendo: "Aprobar el modelo de Resolución presentado por la Secretaria General Académica a fs 108 a 122 del Expediente 0000055/2022, en el que se enuncia: Posadas, VISTO: Los Expedientes . FHyCS Nº 1503/2021 y Exp. Ese. de Enfermería Nº 55/2022 por el que se propone la creación de la Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave J de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la C Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones; y CONSIDERANDO: Universitaria, Ref Expte. Nº EX-2022-56472587- -APN-DNGU#ME en la que se solicita: a) redactar los alcances como actividades de desempeño profesional, b) remitir el acto resolutivo de creación de la carrera, firmado por la máxima autoridad de la universidad, e) definir la denominación del título y de la carrera y refrendarlo a través de un acto resolutivo, d) corregir y completar la carga en SIRVA T. QUE los consejos directivos de las respectivas unidades académicas se han expedido al respecto aprobando el plan de estudios y sus modificaciones. QUE en este marco no se emitió oportunamente el acto resolutivo de creación de la carrera tratado en sesión CS del 20 de diciembre del 2021 (despacho 051121). QUE a posteriori se aprueba por Resolución 017/2022 el plan de estudios de la carrera de pregrado Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones el cual tiene modificación a partir de la Resolución de CS Nº 149122, donde se aprueban (atendiendo a lo solicitado por los evaluadores) los nuevos alcances del título de la carrera de pregrado cuya denominación correcta es Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos. QUE es prudente ordenar el proceso en un único acto administrativo en el que se adjunte el documento consolidado del plan de estudios en su versión final donde se incorpore lo ya aprobado y se subsanen las omisiones mencionadas. QUE es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado. Por ello: El CONSEJO SUPERIOR de la UNIVERSIDAD NACIONAL de MISIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO, lo actuado en Sesión es Despacho Nº 051121, diciembre del 2021, donde se aprueba la creación de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería, atento a no haberse emitido el instrumento de resolución correspondiente. ARTÍCULO 2º: DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS Nº 017122, marzo del 2022, por la cual se aprueba el plan-de estudios de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS. ARTÍCULO 3°: CREAR la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales. ARTÍCULO 4°: APROBAR el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, según anexo I de la presente resolución, donde se incorpora lo aprobado por Resolución CS. Nº 149/2022, respecto a los alcances. ARTÍCULO 5º: SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS. ARTÍCULO 6º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR. RESOLUCIÓN Nº. ".

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 3ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 31 de mayo de 2023.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO, lo actuado en Sesión del Consejo Superior Despacho Nº 051/21, diciembre del 2021, donde se aprueba la creación de la carrera ntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería, atento a no haberse emitido el instrumento de resolución correspondiente.-

ARTÍCULO 2º : DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS. Nº 017/22, marzo del 2022, por la cual se aprueba el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS.-

ARTÍCULO 3°: CREAR la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales.-

ARTÍCULO 4°: APROBAR el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, según anexo I de la presente resolución, donde se incorpora lo aprobado por Resolución CS. Nº 149/2022, respecto a los alcances.-

ARTÍCULO 5º : SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS.-

ARTÍCULO 6º : REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.­

RESOLUCIÓN CS Nº 060-23

                                                  Bqco Jorge E LÓPEZ                                            Ing Sergio E KATOGUI

                                             Secretario Consejo Superior                              a/c Presidencia Consejo Superior

                                          Universidad Nacional de Misiones                           Universidad Nacional de Misiones

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