Ordenanzas (162)
Ordenanzas aprobadas por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Misiones.
Subcategorías
POSADAS, 03 de Abril de 2017.-
VISTO: El Expediente S01:0003984/2016, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 2090/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se incorpora al Presupuesto 2016 de la Universidad Nacional de Misiones, a las Partidas Presupuestarias como se indica en los Anexos, la suma de $6.487.028, con destino específico para afrontar los gastos de combustibles y pasajes y el impacto por los incrementos en las tarifas de los servicios de luz, gas y agua, que hacen a su normal funcionamiento, según Decisión Administrativa Nº 655/16.
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 005/17, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado y aprobado en la 1ª Sesión Ordinaria/17 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Marzo de 2017.-
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 2090/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 8 de Noviembre de 2016.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 005/17
HjF
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
POSADAS, 03 de Abril 2017.-
VISTO: El Expediente S01:0004384/2016, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 2428/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se rectifica la Resolución Nº 2213/16 ampliando la incorporación al Presupuesto 2016 de la Universidad Nacional de Misiones, a la Partida Presupuestaria como se indica en los Anexos, la suma de $1.335.000, correspondiente a los Anexos I y II de la Resolución SPU 2394/16, con destino al pago de la primera Cuota del Incentivo a Docentes Investigadores del año 2015, cuotas anteriores y complementos.
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 004/17, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado y aprobado en la 1ª Sesión Ordinaria/17 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Marzo de 2017.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 2428/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 29 de Diciembre de 2016.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 004/17
HjF
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
POSADAS, 03 de Abril de 2017.-
VISTO: El Expediente S01:0000125/2017, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 2431/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se incorpora al Presupuesto 2016 de la Universidad Nacional de Misiones, al Programa, Actividades y Partidas Presupuestarias como se indica en los Anexos, la suma de $464.573, con destino a financiar los Proyectos del “Programa Universidad, Diseño y Desarrollo Productivo” seleccionados en el marco de la Convocatoria Anual 2016 – “Desarrollos para la Innovación Social”.
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 003/17, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado y aprobado en la 1ª Sesión Ordinaria/17 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Marzo de 2017.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 2431/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 29 de Diciembre de 2016.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 003/17
HjF
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
POSADAS, 03 de Abril de 2017.
VISTO: El Expediente S01:0000329/2017, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 2435/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se incorpora al Presupuesto 2016 de la Universidad Nacional de Misiones, al Programa y Partida Presupuestaria como se indica en los Anexos, la suma de $11.306.244,72, correspondiente a la Obra Ampliación “Escuela de Enfermería – Construcción de Biblioteca, Auditorio y Aulas”.
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 002/17, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado y aprobado en la 1ª Sesión Ordinaria/17 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Marzo de 2017.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 2435/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 29 de Diciembre de 2016.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 002/17
HjF
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
POSADAS, 27 de Febrero de 2017
VISTO: El .Expediente S01:0004486/16, por el cual la Secretaría General Académica solicita la aprobación del Manual de Procedimiento para la creación de administradores y usuarios, formalizaciones y solicitudes de acreditación de las carreras de Grado y Postgrado de la Universidad Nacional de Misiones, en el Sistema CONEAU GLOBAL; y,
CONSIDERANDO:
QUE, CONEAU Global es el entorno web creado por la CONEAU para la formalización de solicitudes y Acreditación de Carreras y Evaluación Institucional, que garantiza la informatización total de la información, a través de Administradores y Usuarios autorizados por la Institución.
QUE, para su implementación, el Manual de Usuario determina el procedimiento a seguir para las distintas aplicaciones, con asistencia técnica en tiempo real y resguardo de toda la información.
QUE, en consecuencia, es necesario reglamentar el procedimiento a seguir en el ámbito de la Universidad, así como también la metodología para la conformación del equipo responsable según los roles definidos en el Manual de Procedimiento CONEAU Global.
QUE la Comisión de interpretación y Reglamento del Alto Cuerpo, se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 059/16 sugiriendo: “agregar que la solicitud de usuarios debe ser realizada formalmente por la autoridad máxima de la UA, la Sec. Académica y/o la Sec. de Investigación y Posgrado, cumplido. Sugieren su aprobación”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 9ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 21 de Diciembre de 2016.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR, el “Manual de procedimiento para la creación de administradores y usuarios, formalizaciones y solicitudes de acreditación de las carreras de Grado y Postgrado de la Universidad Nacional de Misiones” que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER la aplicación de la presente normativa en todo el ámbito de la Universidad Nacional de Misiones, bajo la supervisión de la Secretaría General Académica.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido, ARCHIVAR.
ORDENANZA Nº 001/17
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
ANEXO ORDENANZA Nº 001/17
Manual de procedimiento para la creación de administradores y usuarios, formalizaciones y solicitudes de acreditación de las Carreras de Grado y Postgrado de la Universidad Nacional de Misiones
- Equipo de Trabajo para Acreditación
Es recomendable conformar el equipo de trabajo que participará en el proceso de acreditación de la carrera, para el cual se debe definir las actividades a ser desempeñadas por cada uno de los integrantes, a fin de solicitar la creación de usuarios y privilegios correspondientes.
Se recomienda mínimamente que dicho equipo de trabajo este conformado por:
- Responsable Administrador designado por la Universidad a través de la Secretaría General Académica.
- Responsable de contenidos (Director/ Codirector de Carrera).
- Auxiliar técnico informático (por Unidad Académica).
- Auxiliar de contenidos (responsable de carga de datos de Carrera de cada Unidad Académica).
- Solicitud de Usuarios
- Usuarios del Equipo de Trabajo para Acreditación
Para cada usuario que participe en la carga de datos en el Sistema CONEAU Global, con el objetivo de realizar una Solicitud de Acreditación de Carreras de Grado y/o Posgrado ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), se deberá especificar los datos indicados en el Anexo I.
Para el caso de acreditación de carreras de grado y/o posgrado, la solicitud de usuarios debe ser realizada formalmente por la autoridad máxima de la Unidad Académica a la cual pertenece, de la Secretaría Académica y/o de la Secretaría de Investigación y Posgrado, respectivamente, por nota o medio electrónico que certifique el origen del pedido, dirigida a la Secretaría General Académica. En ambos casos, según las especificaciones del Anexo I.
En dicha solicitud únicamente se pueden contemplar tipos de usuarios correspondientes al Anexo II, punto 2, inciso b) y c), donde debe especificarse además, los accesos puntuales a los distintos apartados descriptos en el Anexo I, punto 20, incisos a), b) y c).
En cuanto a los tipos de usuarios de carrera, pueden acceder únicamente a la información de carrera según las especificaciones indicadas en el Anexo I, punto 20, inciso c).
Del mismo modo, los usuarios de unidad académica pueden acceder tanto a la información de la unidad académica como de la carrera, según las especificaciones indicadas en el Anexo I, punto 20, inciso a), b) y c).
Una vez creados los usuarios solicitados, los datos de acceso se envían a la cuenta de correo electrónico declarada en el Anexo 1, punto 5.
Cada usuario es responsable por los contenidos al que se le brinde acceso, tanto para consulta como para modificación, es por ello que los datos de acceso son de uso personal e intransferible. Todas las acciones llevadas a cabo en el Sistema CONEAU Global quedan registradas en los archivos de auditoría del Sistema.
Una vez recibido el dictamen definitivo de la CONEAU referente a la carrera en proceso de acreditación, todos los usuarios solicitados y sus privilegios correspondientes serán inhabilitados.
2.2. Usuarios Docentes
Cada docente cuyo cargo sea Ayudante Graduado, Jefe de Trabajos Prácticos, Profesor Adjunto, Profesor Asociado o Profesor Titular, cualquiera sea su dedicación a la carrera a acreditar, debe crear personalmente su usuario docente a través del Sistema CONEAU Global accediendo al siguiente enlace www.coneau.gov.ar/global/. Los datos de acceso son enviados automáticamente por el Sistema a la cuenta de correo electrónico declarada por el usuario, previa validación de datos y permisos.
Este usuario permite completar su Ficha Docente o enlazar a su CVar creado previamente en la plataforma correspondiente (cvar.sicytar.mincyt.gob.ar/auth/index.jsp), así también como, aceptar las vinculaciones a las Actividades Curriculares, Convenios, Proyectos de Investigación, etc., realizadas durante el proceso de acreditación por el equipo de trabajo.
- Formalizaciones
Las formalizaciones podrán ser realizadas únicamente por aquellos usuarios que hayan sido autorizados para tal efecto, lo cual se debe indicar en la solicitud de usuarios según lo especificado en el Anexo I, punto 15.
En la mayoría de los casos es necesario contar con el Plan de Estudios vigente en formato digital de la carrera a acreditar.
- Solicitudes de Acreditación
Las solicitudes de acreditación pueden ser creadas en forma posterior a la formalización de las carreras a acreditar y únicamente por administradores del Sistema CONEAU Global. Para ello, se deberá comunicar a la Secretaría General Académica y por su intermedio al responsable administrador designado.
Las solicitudes podrán ser creadas a partir de información existente de solicitudes de acreditación anteriores de otras carreras en el Sistema CONEAU Global.
Las solicitudes de acreditación deben ser vinculadas a las formalizaciones creadas previamente.
En caso de ser necesaria la eliminación de alguna de las fichas indicadas en el Anexo I, punto 20 (Fichas de Inmuebles y Fichas de Ámbitos de Prácticas correspondientes a la presentación institucional, y/o Fichas de Actividad Curricular, Fichas de Vinculaciones Docentes, Fichas de Investigación, Fichas de Convenio, Fichas de Vinculación correspondientes a la presentación de Unidad Académica), deberán contactarse con el responsable administrador designado por la Secretaría General Académica.
ANEXO I - ORDENANZA Nº 001/17
SOLICITUD DE USUARIOS PARA ACCESO AL SISTEMA CONEAU GLOBAL
Datos del usuario:
- Primer Nombre:
- Segundo Nombre:
- Apellido:
- Sexo:
- Correo Electrónico:
- Teléfono de Contacto:
- Cargo (Autoridad | Director | Codirector | Coordinador | Colaborador):
- Carrera:
- Unidad Académica:
- Escuela, Instituto o Programa:
- Nivel Académico (Grado|Posgrado):
- Estado de la Carrera (Nueva | Existente):
- Plan de Estudios Aprobado por Consejo Directivo (Nº Res. CD):
- Plan de Estudios Aprobado por Consejo Superior (Nº Res. CS):
- Acceso a Formalizaciones para Acreditación (SI | NO):
- Acceso a Instructivos (SI | NO):
- Periodo de Formalización (Inicio DD/MM/AA – Fin DD/MM/AA):
- Plazo de Presentación (Fin DD/MM/AA):
- Tipo de Usuario (Carrera |Unidad Académica):
- Detalle de Privilegios de Accesos a los Apartados del Sistema CONEAU Global:
- a) Información Institucional
Ítem |
Acceso (Si | No) |
Tipo (Lectura | Modificación) |
Datos Generales |
|
|
Cuerpo Académico |
|
|
Fichas de Inmuebles |
|
|
Fichas de Ámbitos de Prácticas |
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|
- b) Información de la Unidad Académica
Ítem |
Acceso (Si | No) |
Tipo (Lectura | Modificación) |
Datos Generales |
|
|
Oferta Académica |
|
|
Políticas Institucionales |
|
|
Infraestructura |
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|
Fichas de Actividad Curricular |
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|
Fichas de Vinculaciones Docentes |
|
|
Fichas de Investigación |
|
|
Fichas de Convenio |
|
|
Fichas de Vinculación |
|
|
- c) Información de la Carrera
Ítem |
Acceso (Si | No) |
Tipo (Lectura | Modificación) |
Organización |
|
|
Plan de Estudios |
|
|
Cuerpo Académico |
|
|
Alumnos y Graduados |
|
|
Infraestructura |
|
|
……………………………………..
Firma y Aclaración del Responsable Institucional
ANEXO II - ORDENANZA Nº 001/17
TIPOS DE USUARIOS DEL SISTEMA CONEAU GLOBAL
1) Administradores
- a) El responsable administrador designado por la Secretaría General Académica puede administrar datos de su institución y de todas las unidades académicas.
- b) Los administradores de unidades académicas pueden administrar datos de su unidad académica y todas sus carreras.
- c) Los administradores de carreras pueden administrar datos de sus carreras.
2) Usuarios
- a) Los técnicos de instituciones o usuarios de instituciones pueden administrar algunos datos de su institución.
Los usuarios no accederán a las opciones de administración y no poseen permisos por defecto. Estos deberán ser otorgados mediante la asignación de grupos personalizados.
- b) Los usuarios de unidades académicas sólo podrán ver o modificar los datos a los que se les de acceso explícito.
Los usuarios no accederán a las opciones de administración y no poseen permisos por defecto. Estos deberán ser otorgados mediante la asignación de grupos personalizados.
- c) Los usuarios de carreras sólo podrán ver o modificar los datos a los que se les de acceso explícito.
Los usuarios no accederán a las opciones de administración y no poseen permisos por defecto. Estos deberán ser otorgados mediante la asignación de grupos personalizados.
Opciones Generales de Acceso
1) Otorgar acceso a formalizaciones: Tilde esta opción si el usuario trabajará completando formalizaciones para la acreditación.
2) Otorgar acceso a Instructivos: Tilde esta opción si el usuario trabajará completando el instructivo para la acreditación.
3) Otorgar acceso a SIEMI: Tilde esta opción si el usuario trabajará completando información para la evaluación externa.
4) Otorgar gestión de usuarios y presentaciones: Tilde esta opción si el usuario podrá crear usuarios, grupos, nuevas presentaciones o presentarlas ante CONEAU. (Esta opción es únicamente válida para administradores de institución y/o unidades académicas).
Fuente: Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
POSADAS, 03 de Abril de 2017.-
VISTO: El Expediente S01:0000027/2016, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 0002/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se formaliza la incorporación al Presupuesto 2016 de Recursos Propios de Rectorado de la Universidad Nacional de Misiones, a los Programas y Partidas Presupuestarias como se indica en los Anexos, la suma de $15.028.309,32, provenientes de recaudaciones en concepto de Ingresos no Tributarios, Venta de Servicios de la Administración Pública y Renta de la Propiedad, de Enero a Diciembre de 2016.
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 031/17, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado y aprobado en la 1ª Sesión Ordinaria/17 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Marzo de 2017.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 0002/16 dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 04 de Enero de 2016.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 031/17
HjF
fdo.:
Mgter. Mariano Eugenio ANTON - Docente a/c Secretaría del Consejo Superior - UNaM
Dr. JAVIER GORTARI - PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR - UNaM
Ordenanza 128/2012
Posadas, 12 de Diciembre de 2012.
VISTO: El Expediente S01:0002126/2010, por el cual se eleva Resolución Rectoral Nº 1491/10 dictada ad-referéndum del Consejo Superior, y;
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la misma, se incorpora al Presupuesto 2010 de la Universidad Nacional de Misiones, al Programa y Partida Presupuestaria que se indica en Planilla Anexa I del referido instrumento legal, la suma de $92.448,= con destino específico a financiar los Salarios de Octubre, Retroactivo 3er trimestre y Noviembre del año 2010 del Programa de Mejoramiento de la Enseñanza en Farmacia y Bioquímica en el marco del (PROMFyB), Componente Consolidación de la Planta Docente.-
QUE, la Comisión de Presupuesto y Administración se expidió sobre el asunto mediante Despacho Nº 123/10, sugiriendo la aprobación de la Resolución enunciada en el Visto.
QUE, el tema fue tratado por el Alto Cuerpo en su 8ª Sesión Ordinaria/10, efectuada el día 15 de Diciembre de 2010 y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A :
ARTICULO 1º.- APROBAR la Resolución Rectoral Nº 1491/10, dictada ad-referéndum del Consejo Superior el día 17 de Noviembre de 2010.-
ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 128/10
MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ
Ing. Ftal. (M. Sc.)
SECRETARIO CONSEJO SUPERIOR
Universidad Nacional de Misiones Magister Javier Gortari
Presidente
CONSEJO SUPERIOR
Universidad Nacional de Misiones
ORDENANZA 052/16
POSADAS, 27 de Junio de 2016
VISTO: El Expediente “S01:001830/2016- Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos - propuesta de modificación de los Arts. 10 y 12 de la Ordenanza Nº 055/13”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Ordenanza 055/13, establece que los Convenios aprobados por el Consejo Superior se remitirán a la Secretaría General de Extensión Universitaria para su registro.
QUE, a los fines de contar con un sistema de Registro de los Convenios Marco y Específicos suscriptos por el Rectorado, tanto en soporte papel como en formato digital, la Dirección General de Asuntos Jurídicos propone que el sistema se encuentre a su cargo, para lo cual resultaría necesario efectuar la modificación de los Artículos 10 y 12 de la Ordenanza 055/13.
QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 020/16, obrante a fs. 7, sugiriendo “aprobar la propuesta de modificación de los Art. 10 y 12 de la Ord. Nº 55/13.”
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
ORDENA:
ARTÍCULO 1° - MODIFICAR los Artículos 10 y 12, de la Ordenanza Nº 055/13 de fecha 8 de Octubre de 2013, que como Anexo forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2° - REGISTRAR, Comunicar y cumplido, ARCHIVAR.
ORDENANZA N° 052/16
Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
ORDENANZA 053/16
Posadas, 27 de Junio de 2016
VISTO: El Expte. S01:0001831/2016. Secretaría Gral. de Extensión Universitaria. Eleva Reglamento para Convenio Específico de Doble Titulación, y
CONSIDERANDO:
QUE, los cambios y los constantes avances, han conducido a las Instituciones Universitarias a incrementar los vínculos de cooperación, tanto a nivel nacional como internacional, efectuando intercambios no solo de datos, información y conocimientos, sino también de alumnos, docentes, y personal administrativo idóneo, fomentando la creación de programas universitarios de formación compartida.
QUE, siguiendo esta línea, y a fin de fortalecer la presencia internacional de la Institución, como así también fomentar la formación equivalente de profesionales de esta Universidad con la de otras universidades de reconocimiento internacional.
QUE, de conformidad con el principio general enunciado por el Artículo 6 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, el sistema de Educación Superior contará con una estructura abierta y flexible.
QUE, en el ejercicio de la autonomía otorgada por el apartado 19 del Artículo 75 de la Constitución Nacional y por el Artículo 29 de la mencionada Ley de Educación Superior, en sus inc. m) y n), fija que las instituciones universitarias poseen la atribución de desarrollar y participar en emprendimientos y la de establecer relaciones de carácter educativo, científico-cultural con instituciones del país y del extranjero.
QUE, para ello resulta necesario contar con un Reglamento que establezca las pautas, procedimientos, condiciones y requisitos que deberán seguirse para la suscripción de los respectivos convenios.
QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 021/16, obrante a fs. 27, sugiriendo “aprobar el Reglamento propuesto con las modificaciones sugeridas en el Art. 7º”
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
ORDENA:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el “Reglamento para Convenios Específicos de Doble Titulación”, que en Anexo I se adjunta.
ARTÍCULO 2º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA N° 053/16
Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
ORDENANZA 054/16
POSADAS, 07 de Julio de 2016
VISTO: Expte. “Q” – 1687/06. Facultad de Cs. Exactas, Químicas y Naturales. Reglamentación de Juicios Académicos, y
CONSIDERANDO:
QUE, el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo establece en el Capítulo IV los derechos, deberes, prohibiciones e incompatibilidades en el ejercicio de la docencia universitaria.
QUE, asimismo en el mencionado Capítulo, el Artículo 32 establece normas básicas respecto al Régimen Disciplinario aplicable ante el incumplimiento de las obligaciones, deberes, prohibiciones y responsabilidades académicas y administrativas previstas en el CCT.
QUE, el mencionado artículo establece que el procedimiento aplicable será de conformidad a lo que cada Institución Universitaria Nacional establezca, garantizándose el debido proceso.
QUE, el tema fue tratado y consensuado en Paritarias Docentes de nivel Particular el día 1º de Junio de 2016.
QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior se ha expedido sobre el particular a través del Despacho Nº 017/16, sugiriendo “su aprobación atento a que era necesaria su actualización y a que fuera aprobado en paritarias docentes. Encomendar al Sec. del CS dar cumplimiento inmediato al Art. 7 del Reg. que fuera aprobado.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes en la 4ª Sesión Ordinaria/16 del Consejo Superior, realizada el día 22 de Junio de 2016.
Por ello:
El CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reglamentación del Régimen Disciplinario para los Docentes de la Universidad Nacional de Misiones, que como ANEXO I y II forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2º: - DEROGAR la Ordenanza Nº 042/85.-
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 054/16
Fdo. Mgter. Mariano Eugenio ANTÓN
Docente
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Ing. Fernando Luis KRAMER
a/c Presidencia del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
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ORDENANZA 055/12
POSADAS, 02 de Octubre de 2012
VISTO: El Expediente S01:0002653/2012 – Secretaría General de Ciencia y Tecnología. “Sistema de Acreditación y Seguimiento de Proyectos de Investigación (SASPI)”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Ordenanza Nº 040/12 aprueba el Sistema de Acreditación y Registro de Proyectos de Investigación de la Universidad Nacional de Misiones.
QUE, es necesario informatizar adecuada y sistemáticamente la administración de los proyectos de investigación de la Institución, en función de la normativa vigente.......".
QUE, contar con un sistema informatizado de datos, permitirá a los diversos estamentos de gestión, la construcción de información sustancial para la planificación, gestión y evaluación de actividades de Ciencia y Tecnología de nuestra Universidad.
QUE, asimismo se potenciará la gestión de actividades de investigación y se promoverá la planificación estratégica y promoción sistemática de la actividad científico-tecnológica.
QUE, a fs. 8, la Comisión de Ciencia y Tecnología se ha expedido a través del Despacho Nº 003/12, por el cual sugiere: “Aprobar el Sistema SASPI, dar por inicio a su funcionamiento y carga de datos para los proyectos que se inicien en el año 2013. Los proyectos anteriores a esta fecha se incorporarán en forma gradual durante el año 2013”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado, por el Alto Cuerpo, en la 3ª Sesión Ordinaria/12 realizada el día 05 de Septiembre del corriente año.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Sistema Informático para la Acreditación y Seguimiento de Proyectos de Investigación (SASPI), en el ámbito de la Universidad Nacional de Misiones.
ARTÍCULO 2°.- DAR por inicio a su funcionamiento y carga de datos para los proyectos que se inicien en el año 2013. Los proyectos anteriores a esta fecha se incorporarán en forma gradual durante el año 2013.
ARTÍCULO 3°.- ENCOMENDAR a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología la implementación, funcionamiento y mantenimiento del Sistema Informático citado en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 055/12
Fdo. Miguel Ángel LÓPEZ
Ing. Ftal. (M. Sc.)
Secretario Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Mgter. Javier GORTARI
Presidente Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
ORDENANZA 001/16
POSADAS, 17 de Marzo de 2016
VISTO: El “Expte. S01:0003439/15. Otorgar evaluación positiva año 2015- Docentes Regulares en el marco de la propuesta de modificación del período de evaluación”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el Convenio Colectivo de Trabajo Docente de las Universidades Nacionales, en el Capítulo III, Artículo 12º, establece: “La permanencia en el cargo que el docente ordinario o regular hubiere alcanzado estará sujeta al mecanismo de evaluación periódica individual que se establezca en las Instituciones Universitarias Nacionales. Dichas evaluaciones individuales se realizarán cada cuatro años o en un tiempo mayor según lo establecido en la reglamentación de cada Institución Universitaria Nacional”.
QUE, se hace necesario adecuar la normativa vigente de la UNaM, Ordenanzas Nºs 034/03 y 001/04, pasando las evaluaciones bienales a cuatrienales, a partir del año 2016, ajustándose al Convenio Colectivo.
QUE, hasta tanto se efectúe dicha adecuación en la reglamentación correspondiente se acordó en reunión paritaria que los docentes deberán presentar a partir del año 2016 una nueva Planificación por el período 2016 – 2019.
QUE, de esta manera, todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones se encuadrarán a partir del año 2016, en lo establecido en el Capítulo III, Artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo, con relación a su planificación laboral docente cuatrienal.
QUE, en la reunión paritaria realizada el día 03 de diciembre de 2015, se acordó otorgarles evaluación positiva por el año 2015, a todos los docentes que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015-2016.
QUE, en la Ordenanza 135/15 de fecha 17 de Diciembre de 2015, no queda claro lo establecido en su Artículo 2º, razón por la cual se presenta una modificatoria.
QUE, la Comisión de Desarrollo del Alto Cuerpo se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 008/16, sugiriendo “Derogar la Ordenanza 135/15 del 17-12-15, y ESTABLECER que todos los Doc. presentarán en el año 2016 una nueva Planificación por el período 2016/2019. Asimismo, OTORGAR evaluación positiva por el año 2015 a todos los Doc. que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015/2016”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 1ª Sesión Ordinaria del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 16 de Marzo de 2016.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º.- DEROGAR la Ordenanza 135/15, de fecha 17 de Diciembre de 2015.-
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que todos los Docentes de la Universidad Nacional de Misiones presentarán en el año 2016 una nueva Planificación por el período 2016/2019.-
ARTÍCULO 3º.- OTORGAR evaluación positiva por el año 2015, a todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones, que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015/2016.-
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 001/16
Fdo. Dr. Ambrosio César LAFUENTE
Docente Regular
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Mgter. Javier GORTARI
Presidente Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
ORDENANZA 136/15
POSADAS, 22 de Diciembre de 2015
VISTO: El “Expediente S01:0004360/2015, Secretaría General Académica – Solicita propuesta de Modificación Reglamento de Postgrado”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, se eleva propuesta de modificaciones realizadas al Reglamento de Posgrado de la Universidad Nacional de Misiones, en relación a la nueva Resolución Ministerial N° 2385/15 de fecha 09/09/15.
QUE, como consecuencia de esta última y, debido a que se aproximan las formalizaciones de las carreras en el marco de la apertura de la quinta convocatoria para la acreditación de carreras de posgrado del área de Ciencias Humanas, como así también de las formalizaciones de las presentaciones de las nuevas carreras de posgrado; la Secretaría General Académica pone a consideración un texto ordenado, tomando como base las Ordenanzas aprobadas por el Consejo Superior N°s. 052/13 y 100/14.
QUE, el tema fue tratado por los Integrantes de la Comisión de Asesoramiento Técnico de Posgrado, que a fs. 25, aprobaron las modificaciones según Despacho CTP N° 05/15 de fecha 13/11/15, y nota remitida por el Mgter. Javier Gastaldo de la Facultad de Arte y Diseño.
QUE, a fs. 28 la Comisión de Posgrado del Alto Cuerpo se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 009/15, sugiriendo “Atento a las modificaciones propuesta por la Comisión Técnica de Posgrado al Reglamento de Postgrado de la UNaM en el marco de la Resolución Ministerial 2385/15 esta comisión sugiere dar trámite a la presente”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 8ª Sesión Ordinaria/15 del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 16 de Diciembre de 2015.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Reglamento de Posgrado de la Universidad Nacional de Misiones, que como Anexo forma parte de la presente, con las modificaciones sugeridas por la Comisión Técnica de Posgrado.-
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 136/15
Fdo. Dr. Ambrosio César LAFUENTE
Docente Regular
a/c Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
Fdo. Mgter. Javier GORTARI
Presidente Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones
DESCARGAR ORDENANZA
ORDENANZA 135/15
POSADAS, 17 de Diciembre de 2015
VISTO: El “Expediente S01:0003439/15, Secretaría Gral. Académica. Otorgar evaluación positiva año 2015- Docentes Regulares en el marco de la propuesta de modificación del período de evaluación”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el Convenio Colectivo de Trabajo Docente de las Universidades Nacionales, en el Capítulo III, Art. 12º, establece: “La permanencia en el cargo que el docente ordinario o regular hubiere alcanzado estará sujeta al mecanismo de evaluación periódica individual que se establezca en las Instituciones Universitarias Nacionales. Dichas evaluaciones individuales se realizarán cada cuatro años o en un tiempo mayor según lo establecido en la reglamentación de cada Institución Universitaria Nacional”.
QUE, se hace necesario adecuar la normativa vigente de la UNaM, Ordenanzas Nº 034/03 y 001/04, pasando las evaluaciones bienales a cuatrienales, a partir del año 2016, ajustándose al Convenio Colectivo.
QUE, hasta tanto se efectúe dicha adecuación en la reglamentación correspondiente se acordó en reunión paritaria que los docentes deberán presentar a partir del año 2016 una nueva Planificación por el período 2016 – 2019.
QUE, de esta manera, todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones se encuadrarán a partir del año 2016, en lo establecido en el Capítulo III, Artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo, con relación a su planificación laboral docente cuatrienal.
QUE, en algunas Unidades Académicas ya se habían hecho las presentaciones de informes y planificaciones correspondientes al año 2015 – 2016, tal como lo establecía el Régimen de Carrera Docente de la UNaM.
QUE, en la reunión paritaria realizada el día 03 de diciembre de 2015, se acordó otorgarles evaluación positiva por el año 2015, a todos los docentes que hubieran presentado el Plan de Trabajo 2015-2016.
QUE, la Comisión de Desarrollo del Alto Cuerpo se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 001/15, sugiriendo “Aprobar el proyecto de Acuerdo Gral. con la CONEAU para la Evaluación Institucional”.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 8ª Sesión Ordinaria/15 del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 16 de Diciembre de 2015.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A:
ARTICULO 1º.- ESTABLECER que los Docentes de la UNaM presentarán en el año 2016 una nueva Planificación por el período 2016–2019.-
ARTICULO 2º.- OTORGAR evaluación positiva a todos los docentes de la Universidad Nacional de Misiones, que durante el año 2015 realizaron la presentación de sus informes y estaban en proceso de evaluación.
ARTICULO 3º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido. ARCHIVAR.-
ORDENANZA Nº 135/15
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Fdo. Dr. Ambrosio César LAFUENTE Docente Regular a/c Secretaría del Consejo Superior Universidad Nacional de Misiones |
Fdo. Mgter. Javier GORTARI Presidente Consejo Superior Universidad Nacional de Misiones |