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ORDENANZA 120/14

POSADAS, 27 de Noviembre de 2014 


VISTO: El Expediente Nº S01:0004142/2014 – Secretaría General de Ciencia y Tecnología - Propuesta de Reglamento para la Homogenización de las Becas para alumnos que se desempeñen como Auxiliares en proyectos de investigación de la U.Na.M., y;

CONSIDERANDO:

QUE, el Reglamento tiene como objetivo que los montos y duración de las becas otorgadas a alumnos para desempeñarse como Auxiliares de Investigación en Proyectos de Investigación acreditados en las distintas Facultades de esta Universidad, sean homogéneos.

QUE, la Comisión Asesora en Ciencia y Tecnología se expidió sobre el tema mediante Dictamen Nº 03 obrante a fojas 2, sugiriendo “…su Aprobación y pase a Consejo Superior para su tratamiento”.

QUE, la Comisión de Ciencia y Tecnología en su Despacho Nº 012/14 obrante a fojas 5, sugiere: “…aprobar el reglamento con la modificación del Artículo 1º que se redactará de la siguiente manera: Establecer como monto mínimo para las becas de auxiliares alumnos que se desempeñen en proyectos de investigación acreditados por la UNaM un valor no inferior al 50% actualizado del sueldo básico de un Ayudante Alumno (Auxiliar de Segunda) fijado al momento de inicio de la Becas”.

QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros presentes, en la 5ª Sesión Ordinaria/14 del Consejo Superior, realizada el día Miércoles 26 de Noviembre de 2014.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
O R D E N A :

ARTICULO 1º.- APROBAR el Reglamento para la Homogenización de las Becas para alumnos que se desempeñen como Auxiliares en proyectos de investigación de la Universidad Nacional de Misiones, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.-

ORDENANZA Nº 120/14

haa

Fdo.  Dr. Ambrosio César LAFUENTE
Docente Regular                
a/c  Secretaría del Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones

Fdo.  Mgter.  Javier  GORTARI
Presidente  Consejo  Superior
Universidad Nacional de Misiones
 

 


Homogenización de las Becas para alumnos que se desempeñen como Auxiliares en proyectos de investigación de la UNaM

 

FUNDAMENTO

Los Proyectos de Investigación de la Universidad Nacional de Misiones permiten la participación de alumnos de las diferentes carreras de la Universidad, y ocasionalmente de otras, que se desempeña como Auxiliares con actividades que facilitan su inserción en las actividades de ciencia y tecnología y de esta manera le permiten tener una visión integrada del sistema científico tecnológico en donde las universidades desempeñan una labor de gran importancia a la hora de generar conocimiento que sustente el desarrollo científico del país.

Anualmente la Secretaría General de Ciencia y Tecnología a través de las diferentes Unidades Académica otorga becas para estas tareas, pero las mismas difieren entre los diferentes proyectos y UA siendo necesaria su estandarización, a fin de avanzar hacia un sistema más homogéneo, igualitario y de inclusión de nuestros alumnos en el sistema científico tecnológico de la UNaM.

Con estos fundamentos en este proyecto se propone igualar los montos y la duración de las becas entre todas las reparticiones de la UNaM.

 

OBJETIVO

Homogenizar los montos y la duración de las becas para alumnos en funciones de Auxiliares de Investigación de Proyectos de Investigación acreditados de la UNaM.

 

EJECUCIÓN

Se propone un proyecto de ordenanza para su tratamiento por el Consejo Superior a fin de establecer lo siguiente:

Artículo 1: Establecer como monto mínimo para las becas de auxiliares alumnos que se desempeñen en proyectos de investigación acreditados por la UNaM un valor no inferior al 50% actualizado del sueldo básico de un Ayudante Alumno (Auxiliar de Segunda) fijado al momento de inicio de la Becas.

Artículo 2: Establecer que la duración de la beca no podrá ser inferior a 9 meses ni superior a la duración total del proyecto, pudiéndose revocarse ante la solicitud fundada del Director o Co-Director del proyecto.

Artículo 3: Los alumnos recibirán al concluir su beca una certificación de sus actividades como Auxiliares de Investigación que será emitida por las reparticiones correspondientes de cada UA o por la SGCyT la cual se acompañará del Plan de Actividades que el alumno desarrolló.

Plan de Actividades Desarrollado

Becario:

 

Director:

 

Co-director:

 

Unidad Académica:

 

Área temática:

 

Código del Proyecto:

 

Tipo de Beca – Duración:

 

Título del Plan de Trabajo:

 

 

  1.   Actividades desarrolladas por el becario durante todo el período de la beca: 
  1.   Principales resultados obtenidos (trabajos publicados o en prensa, presentaciones a    congresos, etc.).  
  1.   Formación a través de cursos realizados, talleres, etc. 
  1.   Avance académico durante el período de beca (exprese en porcentaje):           %

  

Evaluación del Director y Co-director

 Evaluación de la labor desarrollada por el becario:

                                                               ›  SATISFACTORIO       ›  NO SATISFACTORIO

 

 

 

 

                                                                  _________________________                                ________________________          

                  Director                                                         Co-Director

 

 

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