Resoluciones (145)
Resoluciones del Rector de la Universidad Nacional de Misiones.
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VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01 :0001771/2023, en el que obran presentaciones de Consejeros Superiores respecto a Pronunciamiento del Consejo Superior S/ hechos de violencia institucional en Jujuy, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Consejera Docente DACHARY miembro del Consejo Superior eleva al Alto Cuerpo la propuesta referenciada.
QUE, obra además presentación de los Consejeros y la Consejera Superior Estudiantil de Convergencia Estudiantil, con el objetivo de que el máximo organismo deliberativo de la Universidad Nacional de Misiones exprese en un comunicado oficial en los medios de comunicación de la Universidad (página, radio, tv, redes sociales, otros) su más enérgico repudio ante los hechos represivos y de violencia institucional frente a las manifestaciones y protestas sociales acontecidas en el marco del proceso de reforma constitucional llevada a cabo en la Provincia de Jujuy.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Derechos Humanos, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 003/2023, sugiriendo: "Aprobar el texto del comunicado de este Consejo Superior relacionado a los lamentables hechos acaecidos en la hermana provincia de Jujuy y que el mismo sea publicitado en todos los canales institucionales de la Universidad Nacional de Misiones (UNaM). A 40 años del retorno de la Democracia a nuestro país y habiendo cumplido 50 años de existencia la Universidad Nacional de Misiones REPUDIA enérgicamente todos los hechos de violencia, en sus diferentes -y variadas manifestaciones y modalidades llevados a cabo en la provincia de Jujuy en el corrientes mes y manifiesta: REIVINDICAR el compromiso absoluto e irrestricto de nuestra institución con la defensa de los valores, principios y prácticas que hacen a la democracia plena y participativa, como así también al Estado de Derecho y el Sistema Republicano de gobierno. RATIFICAR el compromiso inclaudicable de la Universidad Nacional de Misiones en la defensa de la diversidad cultural, de los derechos irrenunciables de los pueblos originarios y contra los extractivismos, contra todo acto de discriminación, violencia y avasallamiento que los pueblos originarios sufren en el territorio argentino y en la América en su conjunto. MANIFESTAR con firmeza el derecho a la protesta libre y la preservación de la paz. Y propiciar el desarrollo de actividades académicas, de investigación, extensión y debates, en todas las Universidades resaltando el valor, el compromiso y el respeto por los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de todos/as los/as ciudadanos/as de nuestro país".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de junio de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el texto del comunicado de este Consejo Superior relacionado a los lamentables hechos acaecidos en la hermana provincia de Jujuy y que el mismo sea publicitado en todos los canales institucionales de la Universidad Nacional A 40 años del retorno de la Democracia a nuestro país y habiendo cumplido 50 años de existencia la Universidad Nacional de Misiones
REPUDIA enérgicamente todos los hechos de violencia, en sus diferentes y variadas manifestaciones y modalidades llevados a cabo en la provincia de Jujuy en el corrientes mes y manifiesta:
REIVINDICAR el compromiso absoluto e irrestricto de nuestra institución con la defensa de los valores, principios y prácticas que hacen a la democracia plena y participativa, como así también al Estado de Derecho y el Sistema Republicano de gobierno.
RATIFICAR el compromiso inclaudicable de la Universidad Nacional de Misiones en la defensa de la diversidad cultural, de los derechos irrenunciables de los pueblos originarios y contra los extractivismos, contra todo acto de discriminación, violencia y avasallamiento que los pueblos originarios sufren en el territorio argentino y en la América en su conjunto.
MANIFESTAR con firmeza el derecho a la protesta libre y la preservación de la paz. Y propiciar el desarrollo de actividades académicas, de investigación, extensión y debates, en todas las Universidades resaltando el valor, el compromiso y el respeto por los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de todos/as los/as ciudadanos/as de nuestro país.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 088-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 04 DE JULIO DE 2023.
VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01 :0000635/2023 - Propuesta de Adhesión a la Ley Nº 27.592 sobre "Formación Integral en Ambiente con perspectiva de desarrollo sostenible y especial énfasis en cambio climático", conocida también como Ley Yolanda, y;
CONSIDERANDO:
QUE, de la propuesta surge que la Ley Yolanda fue impulsada desde la Red UAGAIS (Red de Universidades Argentinas para la Gestión Ambiental y la Inclusión Social), de la cual la UNaM participa activamente y que se están dando los ajustes de coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, cuya finalidad es la optimización de los once módulos de capacitaciones específicas que darán cumplimiento a lo establecido en la mencionada ley.
QUE, la Ley Yolanda es producto de un trabajo conjunto de Universidades Públicas y Privadas integrantes de la Red UAGAIS y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
QUE, a fs. 02/09, obran agregadas copias de la Ley aprobada por el Congreso de la Nación y-sus fundamentos; de las que se extrae que el objeto de la norma es garantizar la formación integral en perspectiva de desarrollo sostenible, apoyada en valores sustentables y ambientales para las personas que desempeñen la función pública, estableciendo la capacitación obligatoria en la temática.
QUE, en los fundamentos de la ley, se expone que la educación ambiental promueve procesos orientados a la construcción de valores, conocimientos y actitudes que posibiliten formar capacidades y que en este sentido la UNESCO ha planteado que la educación ambiental no debe ser vista como un fin en sí mismo, sino como una herramienta fundamental para realizar cambios en el conocimiento de valores y conductas de los seres humanos.
QUE, en virtud de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Nacional, y a fin de dar cumplimiento al compromiso que nuestra Casa de Altos Estudios tiene con el cuidado y conservación del medio ambiente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos - cfr. Dictamen Nº 217/2023 - entiende que corresponde la adhesión a la Ley Nº 27.592 "Ley Yolanda".
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Desarrollo, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 013/2023, sugiriendo: "aprobar la adhesión a Ley 27.592 - Ley Yolanda con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 217/2023 que consta a fs. 14".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de junio de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a la Ley Nacional Nº 27.592, sobre "Formación Integral en Ambiente con perspectiva de desarrollo sostenible y especial énfasis en cambio climático", conocida también como "Ley Yolanda", de acuerdo a lo expresado en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 085-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 04 DE JULIO DE 2023.
VISTO: El Expediente CUDAP:EXP-S01 :0001793/2023.Propuesta de implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Universidad Nacional de Misiones viene desarrollando diversas acciones pendientes a la modernización y acompañamiento de la administración en materia digital, posibilitando la mejora continua en los procedimientos administrativos tendientes a una gestión eficaz, eficiente, transparente y segura.
QUE, en el ámbito de la UNaM, desde hace varios años, se encuentran implementados los módulos del ecosistema SIU en sus distintas áreas administrativas y académicas (SIU MAPUCHE, SIU PILAGA, SIU GUARANÍ, entre otros).
QUE, este proceso de transformación digital ya se encuentra operativo y es utilizado por estudiantes, docentes y personal administrativo al inscribirse a una materia, para liquidar haberes, gestionar una compra o el presupuesto, sin que ello sea una enumeración taxativa.
QUE, es materia pendiente y ha sido incluida como una de las acciones a realizar por la Universidad, la implementación de sistemas electrónicos que permitan la tramitación completa del expediente de manera digital, con todos los beneficios que ello importa, como la despapelización, la celeridad, la economía, entre otros.
QUE, a tal fin, conforme fuera referido por el CIN, desde hace varios años se viene orientando todo el trabajo del SIU hacia la integración de los módulos de gestión. Así, el Sistema Único Documental (SUDOCU), es un sistema de gestión documental integral que permite administrar documentos, expedientes y trámites.
QUE, conforme fuera descripto por el SIU, esta solución se integra con los diferentes módulos del mismo, promoviendo la interoperabilidad entre todos sus sistemas de gestión en la institución.
QUE, el sistema ha detallado sus características, definiendo los siguientes conceptos: Adaptable: se adapta fácilmente a distintos tipos de institución y distintos usos y situaciones. Escalable: es altamente escalable gracias a su arquitectura distribuida. Versátil: es adaptable a todo tipo de documentos y circuitos. Ahorro: representa un ahorro significativo en costos de papel y tiempo. Integrable: se integra fácilmente con otros sistemas a través de su API. Firma electrónica: implementa distintas posibilidades de firma electrónica y digital. Open source: está íntegramente desarrollado con tecnologías open source.
QUE, son numerosas las Universidades Nacionales del país que han implementado el Sistema de Expediente Electrónico Integrado, utilizando el SUDOCU y ARAI; algunas en forma gradual y otras ya han terminado el proceso, habiendo digitalizado por completo la administración, a quienes se ha consultado sobre la forma y resultados, recogiendo los datos y experiencias, surgiendo pautas a seguir en la tarea del diseño de la modernización de la gestión administrativa, que abarca tres aspectos: legal, tecnológico y operativo.
QUE, en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer la forma de implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y reglamentar el procedimiento administrativo.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Desarrollo, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 014/2023, sugiriendo: "Aprobar el Proyecto de Resolución para la implementación del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y el proyecto de Ordenanza que aprueba la reglamentación; con las incorporaciones de los aportes efectuados en Comisión, adjuntándose al presente los textos con las adecuaciones sugeridas"
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 4ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 28 de Junio de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 ° : IMPLEMENTAR en forma progresiva en todo el ámbito de la UNaM, el Sistema de Expediente Electrónico Integrado para la gestión de documentos y trámites de forma digital, de conformidad a lo explicitado en los siguientes artículos.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que los procedimientos administrativos, la emisión, registro y publicidad de los actos generales o particulares emanados de autoridades universitarias, tramitados mediante el Sistema de Expediente Electrónico Integrado serán plenamente válidos.-
ARTÍCULO 3º: FACULTAR a la Rectora la determinación por acto administrativo de los procedimientos y/o trámites universitarios en los cuales se dará inicio a la implementación del expediente electrónico a través de los sistemas integrados como SUDOCU, SIUARAI, y demás módulos del ecosistema SIU.-
ARTÍCULO 4º: CONFORMAR una Comisión ad-hoc integrada por un representante del área de Sistemas de Rectorado, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de las Secretarías Generales y los/las Decanos/as de las Unidades Académicas, los/las Directores/ras de las Escuelas y/o quienes estos designen. La Comisión tendrá a su cargo la diagramación, y capacitación para la implementación progresiva del Sistema de Expediente Electrónico Integrado, y demás actividades que sean encomendadas por la Rectora para la puesta en marcha de la digitalización de los expedientes, debiendo informar al Consejo Superior sobre la evolución y marca de la digitalización de los expedientes.-
ARTÍCULO 5º: PLANIFICAR e implementar un sistema de resguardo y backup para garantizar la seguridad de los expedientes digitales. Esto incluye la identificación de datos críticos, la frecuencia y procedimientos de backup, el almacenamiento seguro y las pruebas de restauración. Será responsabilidad de los encargados a designar, implementar el sistema la ejecución y supervisión del plan.-
ARTÍCULO 6º: AUTORIZAR a la Rectora de la Universidad para dictar normas aclaratorias o de implementación que resultaren menester.
ARTÍCULO 7º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 083-23
Bqco. Jorge E. LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 09 de junio de 2023.
VISTO: Los Expedientes CUDAP: FCE_EXP-S01 :0000715/2022 y CUDAP: FCEQYN_EXP-S01 :0000313/2022 - Facultad de Ciencias Económicas - Carrera de Pre-Grado 'Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios" (FCE - FCEQYN) Resolución CD-FCE Nº 0085/2022, y; CONSIDERANDO:
QUE, la Secretaria General Académica, solicita la modificación de la Resolución CS Nº 026/23, en donde indica: ARTÍCULO 1° .- RECTIFÍCASE la Resolución CS Nº 104/2022 en su Anexo a fs. 152 y fs. 157, donde dice "Gestión de Calidad e Inocuidad en la Emprendimientos Alimenticios", corresponde decir "Gestión de Calidad e Inocuidad en los Emprendimientos Alimenticios", dado que en el instrumento no se menciona la denominación de la carrera ni la facultad de pertenencia.
QUE, esta rectificación corresponde a una asignatura de la Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios, entre la Facultad de Ciencias Económicas y Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales.
QUE, en el SIRVAT (Sistema Informático de Evaluación para el Reconocimiento Oficial y Validez Nacional del Título Universitario) se realiza la carga únicamente del instrumento resolutivo y en este caso la rectificación se realiza sobre sobre fojas 152 y 157 del anexo del instrumento legal referenciado, lo cual resulta erróneo porque el mismo refiere al expediente físico no a la resolución enunciada.
QUE, por ello se sugiere dejar sin efecto la Resolución es Nº 026/23, y se proceda a la rectificación - a los fines de evitar futuras malas interpretaciones en el proceso de evaluación, de la Resolución CS Nº 104/22, en su parte pertinente del Anexo.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 01612023, sugiriendo: "1) Dejar sin efecto la Resolución 026/23. 2) Rectificar en el Anexo 1 de la Resolución del Consejo Superior donde dice Asignatura "Gestión de Calidad e Inocuidad Emprendimientos Alimenticios" debe decir "Gestión de Calidad e Inocuidad emprendimientos alimenticios", de la Carrera Tecnicatura Emprendimientos Alimenticios, de la Facultad de Ciencias Exactas, atura/es y la Facultad de Ciencias Económicas".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 3ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 31 de mayo de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS Nº 026/23 de fecha 19 de Abril de 2023.-
ARTÍCULO 2°.- RECTIFICAR en el Anexo de la Resolución del Consejo Superior Nº 104/22 donde dice Asignatura "Gestión de Calidad e Inocuidad en la Emprendimientos Alimenticios" debe decir "Gestión de Calidad e Inocuidad en los emprendimientos alimenticios", de la Carrera Tecnicatura Universitaria en Emprendimientos Alimenticios, de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales y la Facultad de Ciencias Económicas.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 076-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 09 DE JUNIO DE 2023.
VISTO: El Expediente CUDAP:FHYCS_EXP-S01 :0001858/2022 - Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales -Resol. HCD 194-22. S/Aprobación Modificaciones Anexo V Reglamento de Posgrado en Antropología Social; y, CONSIDERANDO:
QUE, la propuesta de modificación se adecua al Reglamento de Posgrado vigente en la Universidad Nacional de Misiones (Ordenanza Nº 049/2018).
QUE, el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, por Resolución HDC Nº 011/2020 resuelve dejar sin efecto el Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social, y aprueba los Planes de Estudios de la Maestría en Antropología Social y del Doctorado en Antropología Social.
QUE, la Resolución CS Nº 017/2020 RATIFICA la Resolución Rectoral 0116/2020 firmada ad-referendum del Consejo Superior con fecha 5 de marzo de 2020, donde se resolvió aprobar la modificación del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Resolución HDC Nº 011/2020).
QUE, es necesario precisar el proceso de presentación y evaluación de tesis de Maestría y Doctorado en Antropología Social, reemplazando el punto 4.4 del Plan de Estudio del Doctorado y modificando el Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social.
QUE, el Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales emitió la Resolución HCD Nº 194/2022 de fecha 06 de Julio del 2022 donde aprueba la modificación del Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Res HCD 011 /20).
QUE, el proyecto fue tratado en la Comisión de Posgrado del Alto Cuerpo, donde los miembros participantes emiten el Despacho Nº 010/2022 sugiriendo "aprobar la modificación del anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (RES HCD 011-20) de las carreras de Posgrado Maestría y Doctorado en Antropología Social, según la Resolución HCD 194-22".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 9ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de Diciembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-APROBAR la modificación del Anexo 5 del Reglamento del Programa de Posgrado en Antropología Social (Resolución HCD Nº 011/20 del Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales), tal como se adjunta a la presente Resolución.-
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido. ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 074-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
VISTO: Los Expedientes CUDAP:FHyCS_S01 :0001503/2021 y CUDAP: ESCENF S01 :0000055/2022, por el que se propone la creación de la Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones; y,
CONSIDERANDO:
QUE, la mencionada carrera fue evaluada por la Dirección Nacional y Fiscalización- Universitaria, Ref. Expte. Nº EX-2022-56472587- -APN-DNGU#ME en la que se solicita: a) redactar los alcances como actividades de desempeño profesional, b) remitir el acto resolutivo de creación de la carrera, firmado por la máxima autoridad de la universidad. c) definir la denominación del título y de la carrera y refrendarlo a través de un acto resolutivo. d) corregir y completar la carga en SIRVAT.
QUE, los Consejos Directivos de las respectivas Unidades Académicas se han expedido al respecto aprobando el plan de estudios y sus modificaciones.
QUE, en este marco no se emitió oportunamente el acto resolutivo de creación de la carrera tratado en Sesión Consejo Superior del día 20 de diciembre del 2021 (Despacho 051/21).
QUE, a posteriori se aprueba por Resolución 017 /2022 el plan de estudios de la carrera de pregrado Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones el cual tiene modificación a partir de la Resolución CS Nº 149/22, donde se aprueban (atendiendo a lo solicitado por los evaluadores) los nuevos alcances del título de la carrera de pregrado cuya denominación correcta es Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos.
QUE, es prudente ordenar el proceso en un único acto administrativo en el que se adjunte el documento consolidado del plan de estudios en su versión final donde se incorpore lo ya aprobado y se subsanen las omisiones mencionadas.
QUE, es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 017/2023, sugiriendo: "Aprobar el modelo de Resolución presentado por la Secretaria General Académica a fs 108 a 122 del Expediente 0000055/2022, en el que se enuncia: Posadas, VISTO: Los Expedientes . FHyCS Nº 1503/2021 y Exp. Ese. de Enfermería Nº 55/2022 por el que se propone la creación de la Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave J de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la C Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones; y CONSIDERANDO: Universitaria, Ref Expte. Nº EX-2022-56472587- -APN-DNGU#ME en la que se solicita: a) redactar los alcances como actividades de desempeño profesional, b) remitir el acto resolutivo de creación de la carrera, firmado por la máxima autoridad de la universidad, e) definir la denominación del título y de la carrera y refrendarlo a través de un acto resolutivo, d) corregir y completar la carga en SIRVA T. QUE los consejos directivos de las respectivas unidades académicas se han expedido al respecto aprobando el plan de estudios y sus modificaciones. QUE en este marco no se emitió oportunamente el acto resolutivo de creación de la carrera tratado en sesión CS del 20 de diciembre del 2021 (despacho 051121). QUE a posteriori se aprueba por Resolución 017/2022 el plan de estudios de la carrera de pregrado Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y la Escuela de Enfermería de la Universidad Nacional de Misiones el cual tiene modificación a partir de la Resolución de CS Nº 149122, donde se aprueban (atendiendo a lo solicitado por los evaluadores) los nuevos alcances del título de la carrera de pregrado cuya denominación correcta es Tecnicatura Universitaria en Abordaje Integral de los Cuidados en Clave de Géneros y de Derechos. QUE es prudente ordenar el proceso en un único acto administrativo en el que se adjunte el documento consolidado del plan de estudios en su versión final donde se incorpore lo ya aprobado y se subsanen las omisiones mencionadas. QUE es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado. Por ello: El CONSEJO SUPERIOR de la UNIVERSIDAD NACIONAL de MISIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO, lo actuado en Sesión es Despacho Nº 051121, diciembre del 2021, donde se aprueba la creación de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería, atento a no haberse emitido el instrumento de resolución correspondiente. ARTÍCULO 2º: DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS Nº 017122, marzo del 2022, por la cual se aprueba el plan-de estudios de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS. ARTÍCULO 3°: CREAR la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales. ARTÍCULO 4°: APROBAR el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, según anexo I de la presente resolución, donde se incorpora lo aprobado por Resolución CS. Nº 149/2022, respecto a los alcances. ARTÍCULO 5º: SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS. ARTÍCULO 6º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR. RESOLUCIÓN Nº. ".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 3ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 31 de mayo de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO, lo actuado en Sesión del Consejo Superior Despacho Nº 051/21, diciembre del 2021, donde se aprueba la creación de la carrera ntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería, atento a no haberse emitido el instrumento de resolución correspondiente.-
ARTÍCULO 2º : DEJAR SIN EFECTO la Resolución CS. Nº 017/22, marzo del 2022, por la cual se aprueba el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS.-
ARTÍCULO 3°: CREAR la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales.-
ARTÍCULO 4°: APROBAR el plan de estudios de la carrera lntrainstitucional de pregrado denominada TECNICATURA UNIVERSITARIA EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS, de la Facultad de Humanidades y Cs. Sociales y la Escuela de Enfermería de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, según anexo I de la presente resolución, donde se incorpora lo aprobado por Resolución CS. Nº 149/2022, respecto a los alcances.-
ARTÍCULO 5º : SOLICITAR al Ministerio de Educación, el reconocimiento oficial del título TÉCNICO/A UNIVERSITARIO/A EN ABORDAJE INTEGRAL DE LOS CUIDADOS EN CLAVE DE GÉNEROS Y DE DERECHOS.-
ARTÍCULO 6º : REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 060-23
Bqco Jorge E LÓPEZ Ing Sergio E KATOGUI
Secretario Consejo Superior a/c Presidencia Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 19 DE ABRIL DE 2023
VISTO: El Expediente CUDAP: FCEQYN_EXP-S01 :0001182/2020 Departamento de Industria y Medio Ambiente - Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales - Proyecto de Carrera de Tecnicatura Universitaria en Industrias Química y Ambiente-Mención en Industrias de base forestal, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Secretaria General Académica solicita la rectificación de la denominación del título de la carrera de pregrado TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIAS QUÍMICAS Y AMBIENTE, que fuera creada por Resolución del Consejo Superior Nº 063/2020, en la que se omite el texto MENCIÓN EN INDUSTRIAS DE BASE FORESTAL.
QUE, la Dirección Nacional de Gestión Universitaria por Ref. Exp. 2021- 18052276, al realizar la evaluación pertinente evidencia una discrepancia entre la denominación mencionada en la Resolución CS Nº 063/2020 y la que se usara en otras como la Resolución es Nº 177/22.
QUE, a saber, que según antecedentes obrantes en el presente expediente y actos aprobatorios de Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, se refiere a la denominación del título como "TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIAS QUÍMICAS Y AMBIENTE- MENCIÓN EN INDUSTRIAS DE BASE FORESTAL".
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Enseñanza, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 005/2023, sugiriendo: "Rectificar la Res. es Nº 063/20 incorporando a la denominación de la carrera Tecnicatura Universitaria en Industrias Químicas y Ambiente, la Mención en Industrias de base forestal".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 1ª Sesión Ordinaria/2023 del Consejo Superior, efectuada el día 29 de marzo de 2023.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 °.- RECTIFÍCASE la Resolución es Nº 063/2020 incorporando a la denominación de la carrera la Mención en Industrias de base forestal, donde se deberá leer: "Tecnicatura Universitaria en Industrias Químicas y Ambiente, Mención en Industrias de base forestal'.
ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE, Comuníquese, y Cumplido. ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN CS Nº 029-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 14 DE FEBRERO DE 2023.
VISTO: El Expediente Nº CUDAP: EXP-S01 :0003458/2022 - Secretaría General Académica - Proyecto de circuito administrativo para la emisión del Suplemento al Título Universitario; y,
CONSIDERANDO:
QUE, por Ordenanza del Consejo Superior Nº 062/19, se aprobó que las actividades relacionadas con las funciones académicas, de investigación, extensión universitaria, transferencia tecnológica y acción social sean incorporadas como Suplemento al Título Universitario de las carreras de pregrado y grado de la UNaM, atento lo establecido por la Resolución Nº RESOL-2017-2405-APN- ME que propuso a las instituciones universitarias la incorporación de información que sirva de suplemento al título universitario de las carreras de pregrado y grado . .
QUE, la Ordenanza Nº 053/2021, en su Artículo 22, se establece como incorporación al suplemento al título a las actividades relacionadas con las funciones académicas, de investigación, extensión universitaria, transferencia tecnológica y acción social, para carreras de grado y pregrado, propuestas que deben ser aprobadas previamente por el Consejo Superior.
QUE, la emisión, registro y legalizaciones de todos los diplomas y certificaciones que otorga la Universidad Nacional de Misiones, es responsabilidad de la Dirección de Diplomas y Legalizaciones de la Secretaría General Académica.
QUE, es necesaria la instrumentación de un circuito administrativo, para una mejor organización funcional en cuanto a presentaciones, evaluación y aprobación de las propuestas presentadas en este marco.
QUE, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se ha expedido mediante Dictamen Nº 382/2022 sin objeciones de orden legal que formular, advirtiendo que corresponde incorporar la propuesta obrante a fs. 16.
QUE, la Comisión de Enseñanza mediante Despacho Nº 081/2022, sugirió "Aprobar el circuito administrativo para la incorporación en el Certificado Analítico continente del Suplemento al Título de carreras de pregrado y grado de la Universidad Nacional de Misiones, incorporando la propuesta obrante a fs. 16, según lo señalado en el dictamen 382/2022de la Dirección General Asuntos Jurídicos".
QUE, las actuaciones se giraron a la Comisión de Interpretación y Reglamento para su tratamiento y seguidamente a la Comisión de Posgrado, a los mismos efectos, quienes mediante Despacho Conjunto Nº 001/22, las Comisiones de precitadas, sugieren: "Ratificar el Despacho obrante a fs. 320 de estas actuaciones en los términos allí expresados".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes en la 9ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de diciembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 °.- ESTABLÉCESE el Circuito Administrativo para aprobar las actividades que serán incorporadas como Suplemento al Título Universitario de carreras de Pregrado y Grado de la Universidad Nacional de Misiones y el trámite de solicitud de emisión de certificados, conforme los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- ESTABLÉCESE que la confección del certificado analítico de Suplemento al Título Universitario se tramitará al momento de la emisión del diploma, conforme a la solicitud explícita del alumno, y se deberá cumplir con todos los recaudos legales y reglamentarios exigidos para la expedición de certificados analíticos universitarios, establecidos en el Anexo de la Resolución Nº RESOL-2017-2405-APN-ME del entonces Ministerio de Educación y Deportes.
ARTICULO 3°.- REGÍSTRESE,Comuníquese, Notifíquese y Cumplido ARCHÍVESE.
RESOLUCION CS Nº 002-23
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 22 DE DICIEMBRE DE 2022.
VISTO: los Expedientes, FCEQyN Nº 3443/2022 y. FAyD Nº 1193/2022, correspondiente a la solicitud de creación de la carrera lntrainstitucional "TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIA TEXTIL", entre la Facultad de Arte y Diseño y la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones; y
CONSIDERANDO:
QUE; las mencionadas unidades académicas, han establecidos pautas de colaboración para la ejecución de dicha propuesta educativa, mediante la firma de un convenio específico.
QUE; dicha propuesta se implementa en el marco del Programa Escuelas de Educación Profesional de la Secretaria de Políticas Universitarias.
QUE; la propuesta de formación académica en Industria Textil busca contribuir en la formación de personas interesadas y emprendedores vinculados a la industria textil con el claro objetivo de incentivar el desarrollo de bienes y servicios innovadores y de calidad lo que contribuirá a la mejora de la calidad de estos servicios en la provincia.
QUE; analizada dicha propuesta, la Secretaría General Académica expresa, que en general el plan de estudios cumple con los requerimientos de las normativas vigentes.
QUE; es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación; a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado.
QUE, la Comisión de Enseñanza del Consejo Superior, se expidió mediante Despacho Nº 082/2022, sugiriendo: "Aprobar la creación de la carrera intrainstitucional Tecnicatura Universitaria en Industria Textil de las Facultades de Arte y Diseño y la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales y Aprobar el Plan de Estudio de la misma según el proyecto de resolución obrante a fs. 57 en adelante.
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 9ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de diciembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: CREAR; la carrera de pregrado lntrainstitucional "TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIA TEXTIL", entre la Facultad de Arte y Diseño y ltad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones, que, como Anexo 1, forma parte de la presente Resolución. -
ARTICULO 2º: APROBAR; el plan de estudio de la carrera de pregrado lntrainstitucional "TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIA TEXTIL, entre la Facultad de Arte y Diseño y la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones. -
ARTICULO 3º: SOLICITAR al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología el reconocimiento oficial del título mencionado en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 4º: REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 178-22
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
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POSADAS, 22 DE DICIEMBRE DE 2022
VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01 :0001182/2020 de la Facultad de Ciencias de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales, por lo que se solicita la aprobación de las modificaciones realizadas en el plan de estudio de la carrera de pregrado TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIAS QUÍMICAS Y AMBIENTE- mención en Industrial de base forestal; y,
CONSIDERANDO:
QUE, la carrera de pregrado TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIAS QUÍMICAS Y AMBIENTE- mención en Industrial de base forestal de la FCEQyN, ha sido creada y aprobada por la Resolución del Consejo Superior Nº 063/2020.
QUE, dicha propuesta ha sido evaluada por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, la que sugiere agregar el párrafo establecido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en donde se mencione en los alcances, que la responsabilidad primaria y la toma de decisiones tendrá que ser ejercida en forma exclusiva por los profesionales cuyos títulos de grado tengan competencia reservada en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521. Asimismo, se sugiere eliminar de la propuesta de alcances la frase que se antepone con la palabra "incumbencia".
QUE, analizada dicha propuesta, la Secretaría General Académica expresa, que en general el plan de estudios cumple con los requerimientos de las normativas vigentes.
QUE, es necesaria su aprobación por la máxima autoridad de esta universidad nacional, para su posterior elevación al Ministerio de Educación de la Nación; a fin de solicitar el reconocimiento oficial y la asignación de validez nacional al título mencionado.
QUE, la Comisión de Enseñanza del Consejo Superior, se expidió mediante Despacho Nº 083/2022, sugiriendo: "Aprobar las modificaciones realizadas en el Plan de Estudio de la carrera Tecnicatura Universitaria en Industrias Químicas y Ambiente, mención en Industrias de base forestal de la Facultad de Cs. Exactas, Químicas y Naturales".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 9ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 22 de diciembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR; las modificaciones realizadas en el plan de estudio de la carrera de pregrado TECNICATURA UNIVERSITARIA EN INDUSTRIAS QUIMICAS Y AMBIENTE- mención en Industrial de base forestal, solicitadas por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, que, como Anexo 1, forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2º: SOLICITAR al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología el reconocimiento oficial del título mencionado en el Artículo 1 º.
ARTÍCULO 3º : REGISTRAR, Comunicar, Notificar y Cumplido, ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 177-22
Bqco Jorge E LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 06 DE DICIEMBRE DE 2022.
VISTO: El Expediente S01 :0002936/2022 -Contrato Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Repositorios Digitales entre la Universidad Nacional de Misiones y la Secretaría de Articulación Científico Tecnológica, dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnológica e Innovación; y,
CONSIDERANDO:
QUE, el mismo tiene como objetivo un apoyo económico en relación al proyecto denominado "Fortalecimiento del sostenimiento y sistema de autoarchivo del RIDUNaM".
QUE, a fs. 02, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 354/22, toma la legal intervención que le, compete.
QUE, la Comisión de Interpretación y Reglamento se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 026/22 obrante a fojas 03, sugiriendo: "Atendiendo al Contrato Proyecto de Fortalecimiento suscripto por la UNaM y la Secretaria de Articulación Científica Tecnológica dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología de la Nación, se sugiere su aprobación conforme dictamen Nº 354/2022 obrante a fojas 2 de estas actuaciones".
QUE, el tema fue tratado por el Alto Cuerpo en su 8ª Sesión Ordinaria/22, efectuada el día 30 de Noviembre de 2022 y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1°.-APROBAR el Contrato Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Repositorios Digitales, suscripto el día 21 de Septiembre de 2022, entre la Universidad Nacional de Misiones y la Secretaría de Articulación Científico Tecnológica, dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnológica e Innovación, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.-
ARTICULO 2°.-ESTABLECER que toda Acta Complementaria y/o Convenio Específico que surgiera como consecuencia del presente, previo a su aprobación, deberá expedirse la Dirección General de Asuntos Jurídicos y comunicarse al Consejo Superior.-
ARTICULO 3°.-REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN CS Nº 162-22
Bqco Jorge E LOPEZ Ing Sergio E KATOGUI
Secretario Consejo Superior a/c Presidencia Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022.
VISTO: La presentación suscripta por el Secretario General de Asuntos Estudiantiles, el Consejero Superior Titular Flavio Germán MONTENEGRO y la Consejera Superior Suplente Ana Belén MEDINA, y;
CONSIDERANDO:
QUE, se solicita dar curso por la vía administrativa correspondiente, al PROYECTO DE DECLARACIÓN en vista al intento de asesinato, ocurrido el día 01 de septiembre de 2022 contra la vicepresidenta de la República Argentina en ejercicio Dra. Cristina Elisabet Fernández de Kirchner.
QUE, solicitan al Alto Cuerpo que en representación de la comunidad universitaria toda, exprese el más enérgico repudio a tan grave acontecimiento político e institucional que nos atañe como nación.
QUE, resulta imprescindible que desde el cuerpo colegiado se exprese preocupación y se haga un llamado al cese de los discursos de odio e intolerancia política y democrática que se difunden y se practican constantemente por diversos medios de comunicación, que desencadenan en acciones como la que ha vivido la vicepresidenta de la República: "intento de asesinato".
QUE, desde hace treinta y nueve años el pueblo de la República Argentina decidió que se dejara de resolver las diferencias políticas con torturas, asesinatos y desapariciones.
QUE, desde el rol de la Universidad, que además de formar profesionales altamente calificados, forma ciudadanos, debe estar atentos y hacer un llamado a la reflexión para que verdaderamente NUNCA MÁS se vivan acciones de intolerancia que remitan a los modos empleados por las dictaduras argentinas.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Derechos Humanos, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 002/2022, sugiriendo "manifiestan su repudio con la presente Declaración: DECLARACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNaM SOBRE EL INTENTO DE MAGNIFEMICIDIO DE LA VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN: Desde este cuerpo de representantes de la comunidad universitaria de la UNaM, adhiriendo a los principios y valores de defensa irrestricta de la democracia, de pluralidad de voces y fomento de la participación ciudadana activa, en su más amplia heterogeneidad de miradas sobre la realidad social y los procesos socioshistóricos, MANIFESTAMOS NUESTRO ENÉRGICO REPUDIO al INTENTO DE MAGNIFEMICIDIO de la VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN Dra. Cristina Fernández de Kirchner. Además, solicitamos a la justicia el pronto esclarecimiento del hecho con urgencia, de forma transparente y responsable, así como también la condena a los/as responsables. A su vez instamos a todas las fuerzas políticas, a las organizaciones sindicales, sociales, empresariales y comunicacionales a comprometerse con la defensa de la democracia y la paz social, respetando las diferencias y construyendo desde la heterogeneidad consensos que nos permitan como sociedad resolver los problemas económicos, sociales, culturales, políticos, etc. de forma pacífica. La historia reciente del país, fundamentalmente con la etapa oscura de la última dictadura cívico-militar, nos permite comprender la gravedad institucional y social de este acto de violencia. Por ello expresamos n es compromiso y responsabilidad en la defensa de la convivencia democrática y los proyectos que aspiran a reducir desigualdades, centrados en la equidad y justicia social".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 07 de septiembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1 °.- MANIFESTAR su repudio al Intento de Magnifemicidio de la Vicepresidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, adhiriendo a los principios y valores de defensa irrestricta de la democracia, de pluralidad de voces y fomento de la participación ciudadana activa, en su más amplia heterogeneidad de miradas sobre la realidad social y los procesos socios-históricos.
ARTICULO 2°.- SOLICITAR a la justicia el pronto esclarecimiento del hecho, de forma transparente y responsable, así como también la condena a los/as responsables.
ARTICULO 3°.- INSTAR a todas las fuerzas políticas, a las organizaciones sindicales, sociales, empresariales y comunicacionales a comprometerse con la defensa de la democracia y la paz social, respetando las diferencias y construyendo desde la heterogeneidad consensos que nos permitan como sociedad resolver los problemas económicos, sociales, culturales, políticos, etc. de forma pacífica.
ARTICULO 4°.- EXPRESAR el compromiso y responsabilidad en la defensa de la convivencia democrática y los proyectos que aspiran a reducir desigualdades, centrados en la equidad y justicia social.
ARTICULO 5°.- REGISTRAR, Comunicar, y Cumplido. ARCHIVAR.
RESOLUCIÓN CS Nº 091-22
Bqco Jorge E. LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones
POSADAS, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022.
VISTO: El Expediente CUDAP: EXP-S01:0002412/2022 - Consejeros SuperioresRepudio a la competición universitaria "¿Por qué me gustaría conocer a mis vecinos de la Islas Falkland?" organizada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina, y;
CONSIDERANDO:
QUE, los Consejeros Superiores Estudiantiles solicitan que el máximo organismo deliberativo de la Universidad Nacional de Misiones, en principio, acompañe su repudio a la competición universitaria "¿Por qué me gustaría conocer a mis vecinos de las Islas Falkland?" organizada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina; en segundo lugar, se comprometa a fomentar actividades académicas, reflexivas y debates para toda la comunidad universitaria, sobre los hechos históricos y políticos por la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, teniendo en cuenta que se cumplen 40 años del conflicto bélico con el Reino Unido.
QUE, la mencionada competición tiene precedente en el año 2018, donde se utilizó la misma metodología que la actual convocatoria del año 2022, y tiene por objeto "promover el intercambio cultural" entre las islas y el continente, por medio de una invitación a estudiantes universitarios de Brasil, Uruguay, Chile y Argentina a viajar a las Islas Malvinas, para convivir con una familia isleña durante una semana.
QUE, la Cuestión Malvinas es una política de Estado consagrada en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional que establece que: "La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino".
QUE, en ese sentido, ocasiones como esta siempre ofrecen la oportunidad de reiterar la solidaridad en relación con la demanda del Gobierno y del pueblo argentino, sobre la Cuestión Malvinas y sostener como miembros del Consejo Superior de la UNaM, la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, rechazando vehementemente toda acción colonialista que intente violentar el ejercicio pleno de tales derechos y aspiraciones.
QUE, es importante mencionar que otras instituciones públicas, entre ellas universidades nacionales han avanzado en esta línea, presentando y adjuntando, dicha documentación.
QUE, en función de lo expuesto solicitan:
1. ACOMPAÑE el repudio a la competición universitaria "¿Por qué me gustaría conocer a mis vecinos de las Islas Falkland?" organizada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina.
2. FOMENTE actividades académicas, reflexivas y debates para toda la comunidad universitaria, sobre los hechos históricos y políticos por la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, teniendo en cuenta que se cumplen 40 años del conflicto bélico con el Reino Unido.
3. RATIFIQUE el compromiso inclaudicable de la Universidad Nacional de Misiones con la Cuestión Malvinas y la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
QUE, analizadas las actuaciones en la Comisión de Asuntos Estudiantiles, la misma se expidió sobre el tema mediante Despacho Nº 002/2022, sugiriendo "APROBAR EL REPUDIO a la competición universitaria "¿Por qué me gustaría conocer a mis vecinos de las islas Falkland?" organizada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina".
QUE, el tema fue tratado y aprobado por unanimidad de los Consejeros participantes, en la 5ª Sesión Ordinaria/2022 del Consejo Superior, efectuada el día 07 de septiembre de 2022.
Por ello:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1 °.-APRUÉBASE el repudio a la competición universitaria "¿Por qué me gustaría conocer a mis vecinos de las islas Falkland?" organizada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina.
ARTICULO 2°.- REGÍSTRESE, Comuníquese, y Cumplido. ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN CS Nº 090-22
Bqco Jorge E. LÓPEZ MSc Ing Alicia V BOHREN
Secretario Consejo Superior Presidenta Consejo Superior
Universidad Nacional de Misiones Universidad Nacional de Misiones